Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 133
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 19/06/2025
Visto las presentes actuaciones iniciadas por el Sr. STEFANAZZI, Agustin D.N.I. Nº 39.338.648, domiciliado en la calle Chancay N° 1085 de la ciudad de Bahia Blanca, solicitando autorización para la realización del denominado Recital - Evento Festivo "This Is Tecno", en el predio Fisa ubicado en Camino Sesquicentenario Km 9 de la ciudad de Bahia Blanca, el día 21 de junio a partir de las 23 horas hasta las 5:30 horas del día siguiente; y
Considerando:
Que en todo el proceso del presente trámite ha intervenido la Dirección General de Defensa Civil, dependencia que ha notificado al recurrente de los requisitos que debía cumplimentar para obtener la pretendida autorización.-
Que, por todo lo expuesto, teniendo en cuenta la documentación aportada por el organizador y en base a lo informado por la Dirección General de Defensa Civil; el VICEJEFE DE GABINETE Y GOBIERNO, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 4995/2023,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º) - Autorizase al Sr. STEFANAZZI, Agustin D.N.I. Nº 39.338.648, domiciliado en la calle Chancay 1085 de la ciudad de Bahía Blanca, a realizar el denominado Recital - Evento Festivo "This Is Tecno", en el predio Fisa ubicado en Camino Sesquicentenario Km 9 de la ciudad de Bahia Blanca, el día 21 de junio de 2025, a partir de las 23 horas y hasta las 5:30 horas del día siguiente, con un factor de ocupación máximo de tres mil cuatrocientas (3.400.-) personas de acuerdo a lo establecido por el Cuartel de Bomberos de Bahía Blanca. Asimismo atento a lo sugerido por la Dirección de Defensa Civil se deja aclarado que el factor de ocupación del escenario no deberá superar las CIEN (100) personas en primera instancia, quedando sujeto a la inspección a realizarse el día del evento pudiendo el mismo sufrir modificaciones.
ARTICULO 2º) - Hágase saber al organizador que se le otorga la presente autorización bajo condición de cumplir estrictamente los siguientes recaudos fijados por la Dirección de Defensa Civil:
Tramitar la Licencia Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas (R.E.B.A.).-
En el supuesto caso de que el Servicio Meteorológico Nacional produzca una alerta temprana de tormenta severa, en el nivel naranja, deberá proceder a la suspensión del evento.-
Realizar el pago de los servicios de Control de Tránsito, Fiscalización, Saneamiento Ambiental y Defensa Civil; como así también las tasas correspondientes, previstas en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes.-
ARTICULO 3°) - La presente autorización queda supeditada a la inspección técnica que deberán realizar la Dirección General de Defensa Civil conjuntamente con la Dirección General de Fiscalización, para constatar el cumplimiento de todos los requisitos señalados al organizador. En caso de incumplimiento, quedará automáticamente suspendido el evento.-
ARTICULO 4º) - Déjase expresa constancia que el evento se realizará bajo la exclusiva responsabilidad del organizador, debiendo dar cumplimiento a la Ordenanza N° 20.916 (ruidos molestos) y respetando el factor máximo de ocupación estimado en 3.400 personas, acorde a la póliza de seguro de responsabilidad civil contratado y en concordancia con el informe de Asesoramiento de Obra Contra Incendio efectuado por el Cuartel Central de Bomberos de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 5º) - Cúmplase, notifíquese al organizador, tomen nota el Departamento de Ambiente, la Dirección General de Ordenamiento Urbano, la Dirección General de Defensa Civil; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-