Boletines/Moreno

Decreto Nº1660/25

Decreto Nº 1660/25

Moreno, 14/05/2025

Visto y considerando

VISTO el Expediente municipal N.º 4078-273599-I-2025 iniciado por el Organismo Descentralizado “Instituto Municipal de Desarrollo Económico Local (I.M.D.E.L.); y

CONSIDERANDO que en las mencionadas actuaciones se solicita declarar de Interés Municipal el evento “Autentico Moreno: Celebración de nuestras fechas patrias”, a realizarse durante el transcurso del año 2025, en el horario comprendido entre las 10:00hs. y 22:00hs. conforme el siguiente calendario: 25 de Mayo: Primer Gobierno Patrio; 17 de Junio: Paso a la Inmortalidad del Gral. Martin Miguel de Güemes; 20 de Junio: Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano (Día Nacional de la Bandera); 9 de Julio: Día de la Independencia; 17 de Agosto: Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martin; 12 de Octubre: Día de la Diversidad Cultural; 20 de Noviembre: Día de la Soberanía Nacional. Dichas jornadas se llevarán a cabo en los distintos espacios destacados que integra el Distrito Ecológico Roggero (DER), entre ellos, la Reserva Municipal Parque Los Robles, el Paseo Costero, la Estancia El Dorado como así también en los diferentes Museos Municipal.

Que el objetivo principal de la presente recae en la importancia de que las y los morenenses puedan recordar, conmemorar, reivindicar y celebrar las fechas mencionadas, contribuyendo con la construcción y fortalecimiento de la identidad de nuestro pueblo como nación y como ciudadanas y ciudadanos de Moreno.

Que estas jornadas buscan promover la celebración de nuestras efemérides patrias, las cuales forman parte de nuestra historia e identidad. Así, en cada fecha conmemorativa se llevarán a cabo eventos culturales, gastronómicos y de esparcimiento con el propósito fundamental de involucrar a toda la comunidad de Moreno, como así también fomentar y desarrollar el turismo sostenible de nuestra localidad.

Que, a su vez resulta sumamente destacable que, las distintas jornadas se realizarán en los diferentes espacios principales y destacados que compone el Distrito Ecológico Roggero, continuando y profundizando con su valoración y pertenencia tanto por parte del Estado local como por las y los vecinos de la comunidad de Moreno y jurisdicciones aledañas.

Que es importante para fortalecer nuestra identidad nacional y local, y al mismo tiempo poder llevar a cabo una serie de actividades y eventos que involucran a la población para la celebración de nuestras fechas patrias.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inc. 17 del Decreto-Ley N° 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades.

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO 

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal el evento denominado “Autentico Moreno: Celebración de nuestras fechas patrias” a realizarse durante el transcurso del año 2025, en el horario comprendido entre las 10:00hs. y 22:00hs. conforme el siguiente calendario: 25 de Mayo: Primer Gobierno Patrio; 17 de Junio: Paso a la Inmortalidad del Gral. Martin Miguel de Güemes; 20 de Junio: Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano (Día Nacional de la Bandera); 9 de Julio: Día de la Independencia; 17 de Agosto: Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martin; 12 de Octubre: Día de la Diversidad Cultural; 20 de Noviembre: Día de la Soberanía Nacional. Dichas jornadas se llevarán a cabo en los distintos espacios destacados que integra el Distrito Ecológico Roggero (DER), entre ellos, la Reserva Municipal Parque Los Robles, el Paseo Costero, la Estancia El Dorado como así también en los diferentes Museos Municipales.

ARTÍCULO 2°. - Autorícese a la Jefatura de Compras I.M.D.E.L. a gestionar las adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios que sean necesarias, para así poder llevar a cabo lo descripto en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3°. - Autorícese a Contaduría I.M.D.E.L. a librar las respectivas órdenes de pago a fin de solventar los gastos que eventualmente emerjan del evento mencionado en el artículo 1°.

ARTÍCULO 4°: Deléguese en el Sr. Administrador General del I.M.D.E.L. la reprogramación, modificación o prórroga de las fechas u horarios de realización del evento mediante Resolución, para lo cual se aplicará el presente Decreto a los mismos fines y efectos.

ARTÍCULO 5°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y Justicia.

ARTÍCULO 6°: Regístrese, publíquese, notifíquese y comuníquese al IMDEL. Cumplido, archívese.

SR NAHUEL BERGUIER                                 SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ