Boletines/Tandil

Decreto Nº1758/2025

Decreto Nº 1758/2025

Tandil, 24/06/2025

Visto

Los autos caratulados “Municipalidad de Tandil c/ Viafer srl s/ Apremio”– Exp. Nº 1958, en trámite ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 3 del Departamento Judicial de Azul, sede Tandil.

Considerando

Que, en fecha 02/03/2023 el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 3 dicto resolución interlocutoria disponiendo costas a cargo de este Municipio estableciendo al respecto con posterioridad que “(…) Regular los honorarios del Dr. Ernesto Alberto Erramouspe por la acción de prescripción de la ejecutoria, por las tareas de primera instancia en la suma equivalente a 11,84 jus arancelarios; y regular los honorarios por las tareas de alzada -por la sentencia de fs. 49/54- en la suma equivalente a 2,96 jus (art. 22 de la ley 13.406; art. 16 de la ley 14.967, doctrina y jurisprudencia).(…)”.

Que por lo expuesto, corresponde en virtud de la resolución judicial abonar los honorarios y aportes de ley del Dr. Ernesto Alberto Erramouspe por la suma total de $ 662.335,52 (pesos seiscientos sesenta y dos mil trescientos treinta y cinco con 52/100) en la cuenta judicial a nombre de autos del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal 6302, Nro. 6302- 027-0528803/7 CBU: 0140339627630252880371.

Que al respecto se ha expedido la Dirección de Presupuesto y la Contaduría General.

Que la Secretaría de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia.

Que es necesario el dictado de este acto administrativo.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago por la suma total de pesos $ 662.335,52 (pesos seiscientos sesenta y dos mil trescientos treinta y cinco con 52/100) a realizar en la cuenta judicial a nombre de autos del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal 6302, Nro. 6302- 027-0528803/7 CBU: 0140339627630252880371 a nombre de autos “Municipalidad de Tandil c/ Viafer srl s/ Apremio”– Exp. Nº 1958.

Artículo 2°: La erogación será imputada a la partida 3.4.3.0 “Servicios Técnicos y Profesionales – Jurídicos”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. - Administración Municipal, 1.1.1. - Administración Central, 1.1.1.01. - Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.10. – Secretaría Legal y Técnica, Actividad 01 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso.

Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Legal y Técnica.

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal. Pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Presupuesto, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma Digital: Javier Alejandro López (Secretario)     -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                             Secretaría Legal y Técnica                -                    Intendencia