Boletines/Tandil
Decreto Nº 1720/2025
Tandil, 18/06/2025
Visto
El contrato de alquiler del inmueble sito en calle 9 de Julio Nº 455 (UFs. 39, 40 y 49) de esta ciudad de Tandil, celebrado entre esta Municipalidad y la Sra. MARÍA NOELIA FERNIOT – D.N.I. 29.909.552, por el término de 3 (tres) años a partir del 1º de Junio del corriente año y hasta el 31 de Mayo de 2.028.; y
Considerando
Que al respecto se ha expedido la Secretaría de Economía y Administración, por las áreas Dirección de Presupuesto y Contaduría General.
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Dése cumplimiento a la renovación del contrato de alquiler del inmueble sito en calle 9 de Julio Nº 455 (UFs. 39, 40 y 49) de esta ciudad de Tandil, celebrado entre esta Municipalidad y la Sra. MARÍA NOELIA FERNIOT – D.N.I. 29.909.552, por el término de 3 (tres) años a partir del 1º de Junio del corriente año y hasta el 31 de Mayo de 2.028. El monto de la locación suscripto asciende a la suma de $ 2.300.000 (dos millones trescientos mil pesos) importe del primer mes de locación, valor que será ajustado de manera semestral a través del Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC, siendo el valor del canon locativo ajustado con el siguiente esquema:
• 1° Actualización: 1º de Diciembre de 2025 (índice Junio 2025, Julio 2025, Agosto 2025, Septiembre 2025, Octubre 2025, Noviembre 2025);
• 2° Actualización: 1º de Junio de 2026 (índice Diciembre 2025, Enero 2026, Febrero 2026, Marzo 2026, Abril 2026, Mayo 2026);
• 3° Actualización: 1º de Diciembre de 2026 (índice Junio 2026, Julio 2026, Agosto 2026, Septiembre 2026, Octubre 2026, Noviembre 2026);
• 4° Actualización: 1º de Junio de 2027 (índice Diciembre 2026, Enero 2027, Febrero 2027, Marzo 2027, Abril 2027, Mayo 2027);
• 5° Actualización: 1º de Diciembre de 2027 (índice Junio 2027, Julio 2027, Agosto 2027, Septiembre 2027, Octubre 2027, Noviembre 2027), siendo esta última la vigente hasta que finaliza el contrato el 31 de Mayo de 2028.
Artículo 2º: La erogación respectiva se imputará a la partida mencionada por la Dirección de Presupuesto en el informe obrante en el presente expediente.
Artículo 3º: Insístase el gasto en concordancia con lo prescripto por el Art. 186º de la Ley Orgánica Municipal.
Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete de Secretarios.
Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Municipal, tomen conocimiento la Contaduría General, la Dirección de Presupuesto, la Subsecretaría de Innovación Tecnológica y la Escuela Municipal de Talentos, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Julio Elichiribehety (Jefe de Gabinete) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Jefatura de Gabinete de Secretarios - Intendencia