Boletines/Arrecifes

Ordenanza Nº3690/25

Ordenanza Nº 3690/25

Arrecifes, 24/04/2025

VISTO:

El expediente Nro. 11.828/24 conexo a la nota presentada por Generación Malvinas Arrecifes (Asociación Civil), mediante la cual solicita autorización para erigir una estatua en “Plaza Héroes de Malvinas” del “Soldado Argentino fallecido en Combate” durante la gesta de Malvinas, en honor a los 649 caídos en defensa de la soberanía argentina.-

Que además requieren la colaboración del Municipio para la construcción de la base y el enrejado correspondiente para la preservación de la Obra.-

Que por otra parte solicitan la provisión de pintura y demás insumos para el pintado de bancos y otros objetos del sitio público y la construcción de una base para el apoyo del ancla que se encuentra en el lugar y;

CONSIDERANDO:

Que la obra señalada precedentemente fue inaugurada a través de los actos oficiales llevados a cabo el día 2 de abril de 2025, en conmemoración 43° Aniversario de la Gesta de Malvinas.-

Que la escultura posee atributos en reconocimiento a aquellos soldados que acudieron al teatro de operaciones Malvinas en defensa de la soberanía nacional.-

Que los valores del “Soldado de Malvinas”, conforme las especificaciones de su escultor Eduardo Corvino, representan al arquetipo del soldado argentino en defensa de la soberanía nacional por las islas Malvinas.-

Que en cuanto al saludo militar, el mismo rinde honores a la bandera argentina flameante en el territorio usurpado.-

Que el corazón, plasma el amor por la patria, lealtad, valor, abnegación, patriotismo y honor.-

Que la tierra, el agua de mar y el aire, escenifican a los héroes que defendieron la patria, por tierra, mar y aire.-

Que el fondo rojo destacado en la escultura simboliza la sangre derramada de los 649 héroes caídos en suelo malvinense.-

Que el mensaje de Generación Malvinas Arrecifes, se encuentra dirigido a todos los habitantes de la Nación Argentina, que no han de olvidar a las Madres de Malvinas, a los 649 héroes, a los soldados, a los civiles y a todos los ciudadanos que de una forma u otra participaron de la gesta de Malvinas.-

Que en función de ello se debe dictar el acto legislativo correspondiente avalando el emplazamiento solicitado.-

Que además la asociación civil ha solicitado la colaboración del municipio para llevar a cabo diversas tareas de mantenimiento y conservación del sitio público; tales como construcción de rejas de protección, el pintado de bancos y otros objetos parte constitutiva del lugar.-

Que la entidad ha demostrado su interés en la conservación de aquellos elementos arraigados con nuestra historia nacional en el marco de la Guerra de Malvinas.-

Que teniendo en cuenta dicha iniciativa cabe recordar la vigencia de la Ordenanza Nro. 2.250/09, mediante la cual se crea en el distrito de Arrecifes la figura de “Custodio – Tutor de Monumentos”, cuyo objetivo es la protección y conservación de obras escultóricas por parte de personas físicas y/o jurídicas de carácter público o privado, del orden municipal, nacional o extranjera.-

Que el procedimiento se lleva a cabo mediante la suscripción de un convenio marco entre la parte interesada y el Municipio.-

Que el artículo 3° de la mencionada norma resulta interesante por cuanto el convenio debe contener período de tiempo del acuerdo, sus alcances (mantenimiento, conservación, limpieza del monumento, y toda otra responsabilidad que las partes deseen establecer en el respectivo convenio).-

Que las pretensiones dadas a conocer por la entidad requirente deberán ser canalizadas a través de los procedimientos indicados en la Ordenanza Nro. 2.250/09

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorizase la instalación del monumento al “Soldado de Malvinas”, en la plaza héroes de Malvinas de nuestra ciudad.-

Artículo 2°: Acéptese la incorporación de la obra mencionada en el artículo 1° al patrimonio municipal con carácter de donación por parte de Generación Malvinas Arrecifes (Asociación Civil).-

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá llevar a cabo las acciones tendientes a designar “Custodio – Tutor de Monumentos” a Generación Malvinas Arrecifes (Asociación Civil); en cumplimiento a lo prescripto por la Ordenanza Nro. 2.250/09.-

Artículo 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTEDE ARRECIFES EN LA 5° SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTITRES DE ABRILDEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.-

 

Arrecifes, 24 de Abril de 2025.-  

 

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

 

 

FABIAN CESAR REYNA       FRANCISCO JOSÉ BÓVEDA

                                                                                  Secretario                                                                                       Presidente

                                                                 Honorable Concejo Deliberante                                                 Honorable Concejo Deliberante