Boletines/Bragado

Decreto Nº0631

Decreto Nº 0631

Bragado, 28/05/2025

Visto

VISTO: La nota presentada por la Dirección de Cultura mediante la cual pone en conocimiento de la Dirección General de Personal sobre un episodio de inconducta del agente municipal Bergonce Maria Lorena, DNI Nº 30.376.871, legajo N° 3057; y, TENIENDO EN CUENTA: El marco normativo del Decreto Ley N° 6769/58 “Ley Orgánica de las  Municipalidades” y el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57, convalidado por la  Ordenanza Nº 5252/19 promulgada por el Decreto Nº 1632/19; y, supletoriamente por la  Ley Nº 14.656; y, 

Considerando

CONSIDERANDO: Que, tal como lo prevé el artículo primero del Decreto Ley N° 6769/58 “Orgánica  de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”, la administración local de los  Partidos de la Provincia es desempeñada, en el Departamento Ejecutivo, por un  ciudadano con el título de Intendente; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo quinto de la norma citada, el 10  de diciembre de 2023 el Sr. Sergio Juan Barenghi ha tomado legalmente posesión de su  cargo de Intendente Municipal; Que, el cuerpo normativo referido, en su capítulo IV, artículo 107, establece ser  competencia del Poder Ejecutivo la administración general de la municipalidad, y en el artículo 108 inc. 9 detalla dentro de las atribuciones del intendente las de nombrar, aplicar medidas disciplinarias y disponer cesantías de los empleados del Departamento  Ejecutivo con arreglo a las leyes y ordenanzas sobre estabilidad del personal; Que, la Ley Provincial Nº 14.656 establece el Régimen Marco de Empleo  Municipal disponiendo que las relaciones de empleo público de los trabajadores de las  municipalidades de la Provincia de Buenos Aires se rijan por las ordenanzas dictadas  por sus Departamentos Deliberativos y/o los Convenios Colectivos de Trabajo; Que, este municipio firmó un Convenio Colectivo de Trabajo con entidades  gremiales, a saber: “Sindicato de Trabajadores Municipales de Bragado”, “Asociación de  Trabajadores del Estado” y “Sindicato de Empleados Municipales de Bragado” que fue  convalidado por la Ordenanza Nº 5252/19 promulgada por el Decreto Nº 1632/19; Que, el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires registró el Convenio  Colectivo de Trabajo bajo el número 57 conforme lo establecido en el artículo 58 del  Decreto Nº 784/16 promulgatorio de la Ley Nº 14.656; Que, el Convenio derogó la Ordenanza Nº 4770/16 que regulaba la relación de  empleo de los trabajadores municipales de Bragado; Que, el art. 101 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57, convalidado por la  Ordenanza Nº 5252/19 promulgada por el Decreto Nº 1632/19 establece que: “el  incumplimiento de las obligaciones y/o el quebrantamiento de las prohibiciones harán  pasible al personal municipal de las siguientes sanciones: I. Correctivas: (…) b.  apercibimiento”… Que, el art. 102 del mismo cuerpo normativo reza que: “serán causales para aplicar las sanciones disciplinarias de carácter correctivas enunciadas en el apartado I,  incisos a), b) y c) del artículo anterior, las siguientes: c. Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones debidamente acreditado; (…) e. incumplimiento de los deberes  determinados en el artículo 99 o quebrantamiento de las prohibiciones establecidas en  el artículo 100”…; Que, en virtud de la documentación presentada, resulta necesario proceder al dictado del acto administrativo pertinente; por ello: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A 

ARTICULO 1º.- APLICAR al agente BERGONCE MARIA LORENA, DNI Nº 30.376.871, legajo N° 3057, la SANCIÓN CORRECTIVA DE APERCIBIMIENTO prevista en el art. 101 inc. I. b) del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57, convalidado por la Ordenanza Nº 5252/19 promulgada por el Decreto Nº 1632/19 por haber incurrido en la causal del art. 102 inc. c) de la misma norma y considerando que carece de antecedentes en la comisión de faltas que establece la normativa municipal aplicable. ARTICULO 2º.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTICULO 3°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN  OFICIAL Y ARCHIVAR.-