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Decreto Nº0627

Decreto Nº 0627

Bragado, 28/05/2025

Visto

VISTO: La solicitud de habilitación comercial presentada por el ciudadano Mauricio Eduardo Tenorio Fenoy en representación de la Asociación Civil Juventud Salaberry Fútbol Club, en el expediente municipal Nº 1516/25 correspondiente al establecimiento sito en calle Iguazú Nº 210 de Bragado que funcionará bajo el rubro “cancha de fútbol”; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, el mismo se encuentra emplazado en zona donde se permite el desarrollo de la citada actividad; Que, realizadas las inspecciones de seguridad e higiene y catastral se constató que posee las correctas condiciones y requisitos necesarios para su funcionamiento; Que, habiéndose dado cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 4884/17, corresponde llevar a cabo el acto administrativo para el otorgamiento de la habilitación municipal provisoria; por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

ARTICULO 1º.- AUTORIZAR a inscribir bajo Habilitación Municipal Nº 10.705 el establecimiento sito en calle Iguazú Nº 210 de Bragado, identificado catastralmente como Circ. I - Secc. E - Qta. 116 - Parc. 1 B, dedicado a RUBRO “CANCHA DE FÚTBOL”, perteneciente a la ASOCIACIÓN CIVIL JUVENTUD SALABERRY FÚTBOL CLUB, CUIT 33-71775667-9 concediéndose provisoriamente por el plazo de 180 (ciento ochenta) días; caducando indefectiblemente el 12 de marzo de 2026 conforme lo establecido en el art. 7 inc. h) de la Ordenanza Nº 4884/17 y en los arts. 1 y 2 de la Ordenanza Nº 4691/15. ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTÍCULO 3º.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-