Boletines/Bragado
Decreto Nº 0517
Bragado, 05/05/2025
Visto
VISTO: El Decreto Nº 1281/17 de esta municipalidad que crea la bonificación por capacitación de carácter eventual y no remunerativo y habilita a la Dirección de Recursos Humanos a otorgarla a aquellos trabajadores municipales que brinden capacitaciones a empleados municipales o público en general; y,
Considerando
CONSIDERANDO: Que, el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57, convalidado por la Ordenanza Nº 5252/19 promulgada por el Decreto municipal Nº 1632/19, en su art. 40 inc. e) establece la bonificación por capacitación; Que, corresponde abonarla al agente municipal que brindó la capacitación; por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR el pago de los módulos de bonificación por capacitación correspondiente al mes de abril del año en curso, al agente y en la materia que se detalla a continuación, a saber: Taller de Orientación Vocacional “Construyendo Futuro” Rengel Cecilia Legajo Nº 2760 21 Módulos ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTICULO 3°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-