Boletines/Lujan

Decreto Nº86

Decreto Nº 86

Lujan, 20/01/2025

Referencia: Contratación mediante Locación de Servicios de la Cooperativa de Trabajo Vamos por Mas Limitada

Visto

el Expediente EX-2025-00005214- -MUNILUJAN-SGPC mediante el cual se tramita la contratación de un servicio especializado en la recolección de ramas y residuos en las Localidades; y

Considerando

Que la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, mediante la providencia PV-2025-00005289- MUNILUJAN-SGPC, solicita la contratación de la Cooperativa de Trabajo Vamos Por Más Limitada, CUIT N° 30-71838048-7, Proveedor Municipal N° 6210, Matrícula Nacional Nº 70181 del INAES, para realizar el servicio mencionado en el visto, por el período comprendido desde el 1° de enero del 2025 al 30 de junio del 2025.

Que obra la documentación correspondiente de la Cooperativa de Trabajo Vamos Por Más Limitada.

Que en el informe gráfico IF-2025-00006340-MUNILUJAN-SGPC luce el modelo de contrato a suscribir.

Que Jefatura de Gabinete por medio de la providencia PV-2025-00006779-MUNILUJAN-SJG toma conocimiento y presta conformidad girando los actuados a la Secretaría de Economía y Finanzas.

Que la Secretaría de Economía y Finanzas en la providencia PV-2025-00007826-MUNILUJAN-SEF toma conocimiento y presta conformidad girando los actuados a la Contaduría Municipal para informar la imputación.

Que mediante providencia PV-2025-00009002-MUNILUJAN-CM#SEF la Contaduría Municipal informa la imputación presupuestaria del gasto.

Que motiva la contratación la necesidad de brindar respuestas a las demandas que surgen en las localidades, siendo un complemento adicional a las que se brindan diariamente.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N°6.769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Apruébase el Contrato de Locación de Servicio entre la Municipalidad de Luján y la Cooperativa de Trabajo Vamos Por Más Limitada, CUIT N° 30-71838048-7, Proveedor Municipal N° 6210, Matrícula Nacional Nº 70181 del INAES, para la provisión de un servicio para la atención de emergencias en el turno tarde en las localidades de Luján, que tendrá como objetivo llevar a cabo tareas de desmalezamiento, arreglo de cunetas, limpieza y traslado de residuos; el equipo estará destinado a atender los reclamos del sistema CAV (Centro de Atención al Vecino)y urgencias que surjan durante la jornada laboral.

Artículo 2°.- La Municipalidad abonará por la contratación la suma total de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 34.157.250), IVA incluido, la que será cancelada de la siguiente manera: una (1) cuota de pesos CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($5.358.000) en el mes de enero de 2025; una (1) cuota de pesos CINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($5.491.950) en el mes de febrero de 2025; una (1) cuota de pesos CINCO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS ($5.625.900) en el mes de marzo de 2025; una (1) cuota de pesos CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($5.759.850) en el mes de abril de 2025; una (1) cuota de pesos CINCO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ($5.893.800) en el mes de mayo de 2025 y una (1) cuota de pesos SEIS MILLONES VEINTISIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($6.027.750) en el mes de junio de 2025, todas ellas con IVA incluido, el cual contempla también el concepto necesario para la prestación total del servicio. Las sumas serán abonadas en el mes inmediato posterior al mes trabajado, para lo cual “LA COOPERATIVA” deberá presentar, dentro de los últimos tres (3) días hábiles del mes trabajado, la factura por el servicio contratado, la cual deberá cumplir con toda la normativa vigente y toda otra documentación que “EL MUNICIPIO” le requiera, ello para la evaluación, aprobación, y en su caso, la certificación de “EL MUNICIPIO”.

Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de gastos vigente:

27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

01.01.- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.

110.- Tesoro Municipal.

3.3.9.- Mantenimiento, reparación y limpieza –Otros.

Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-