Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº786/2025

Decreto Nº 786/2025

Trenque Lauquen, 21/03/2025

786/2025 DEMARCACION  Sra. RODRIGUEZ, GLADYS ESTELA,

Visto

La nota presentada por la Sra. RODRIGUEZ, GLADYS ESTELA, D.N.I. Nº 16.475.382; quien solicita que se establezca  un sector reservado en la vía pública frente al domicilio de hermana (Expediente Nº 518/2025); y, 

Considerando

Que la Ordenanza 4.042/13 establece las pautas para disponer a nivel local, el uso del espacio público destinado al estacionamiento de automotores;
 Que habiéndose acreditado el  fundamento  de la  solicitud, corresponde encuadrar  la  misma  en  las previsiones del artículo 7º de la Ordenanza referida;
Que  conforme surge de la nota presentada, la petición está orientada  a facilitar el ascenso y descenso de la Sra. Rodríguez, Myrian Noemí, D.N.I. Nº 22.083.826, hermana de la requirente; por ello debe ser resuelta favorablemente, si bien de modo excepcional, asumiendo el compromiso  de eliminar dicha demarcación cuando la misma pierda su fundamento;
Que sentado ello, teniendo en cuenta el creciente parque automotor de nuestra ciudad, debe compatibilizarse la necesidad particular con el interés general, por lo que el lugar concedido debe ser el mínimo necesario; siendo apropiado que coincida con la entrada del inmueble sito en calle 9 de Julio Nº 1232 de Trenque Lauquen
 

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º:   Concédase a la Sra. RODRIGUEZ, GLADYS ESTELA, D.N.I. Nº 16.475.382; un espacio reservado para el estacionamiento exclusivo en calle 9  de Julio Nº 1232 de Trenque Lauquen; por las razones expuestas en los Considerandos precedentes.- 
ARTICULO 2º:   Infórmase que el pedido concedido caducará automáticamente si cesara la situación que justifica la concesión. El permiso tendrá un vencimiento de cinco años desde concedido el mismo, salvo pedido de renovación por igual plazo por parte del interesado.- 
ARTICULO 3º:   Dicho espacio tendrá una extensión lineal de hasta seis metros (6 m) contados sobre el frente del inmueble, pudiendo excederlo hasta totalizar dicha medida.  El mismo deberá ser delimitado con la línea amarilla y señalizado con cartelería que indique “Prohibido Estacionar.  Decreto Nº 786/25” en letras negras, debiendo contener asimismo el símbolo internacional consistente en la letra “E” en color negro cruzada con una línea roja, todo ello sobre fondo blanco.- 
ARTICULO 4º:  Exímase del pago del tributo, conforme Art. 1º Inc. i de la Ordenanza Municipal 5145/21.-
ARTICULO 5º: Déjese constancia del espacio concedido, incorporando el presente al Registro Municipal de espacios reservados concedidos con fines de estacionamiento.-
ARTICULO 6º:   Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.-


Dr. Martín Ignacio Borrazás
Secretario de Gobierno                                          
Municipalidad de Trenque Lauquen

Francisco Recoulat
Intendente 
Municipalidad de Trenque Lauquen