Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº515

Resolución Nº 515

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 24/04/2025

Visto la nota presentada a fojas 1, por el agente PEZZELLA FRANCISCO GABRIEL, D.N.I. 31.439.305, Legajo N°14422, dependiente del Dpto. Administrativo de Tránsito (oficina n° 332) - AGENCIA DE SEGURIDAD Y RESPUESTA INMEDIATA, mediante la cual solicita el reconocimiento de servicios prestados en carácter de Becario, y;

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 obra Certificación de Servicios y Remuneraciones de la cual surge que PEZZELLA FRANCISCO GABRIEL, D.N.I. 31.439.305 prestó servicios como becario en la Municipalidad de Bahía Blanca entre el 01/09/2010 y el 23/10/2011;

Que el Departamento de Administración del Personal sugiere a fojas 3 se dicte el correspondiente acto resolutivo dando por reconocidos los servicios desempeñados como becaria por PEZZELLA FRANCISCO GABRIEL, D.N.I. 31.439.305, Legajo 14422, por el término de un (1) año y un (1) mes y veintitrés (23) días;

Que correspondería el pago del beneficio solicitado aplicando el 1% sobre su sueldo básico por el total de los servicios, en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008 y su Decreto Reglamentario 3855/2014;

Que, corresponde le sean reconocidas las diferencias salariales de dos (2) años a la fecha de solicitud (19/03/2025 período no prescripto), en concordancia a lo establecido por los actos legales mencionados;

Que, el reconocimiento debería hacerse efectivo a partir de la fecha de entrada de la solicitud en este Dpto. (19/03/2.025 lo cual deberá constar en el acto en cuestión) y sería solo a efectos de la percepción en concepto de Bonificación por Antigüedad y usufructo de Licencia Anual Ordinaria;

Que, se deberá hacer saber al nombrado que, sin perjuicio del reconocimiento dispuesto por esta Municipalidad, dejar expresa constancia que quedará exclusivamente a cargo del agente la realización de los trámites pertinentes por ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (I.P.S.) a los fines de la obtención de Reconocimiento de Servicios en ámbito previsional;

Que, por tratarse de ejercicios vencidos, corresponde al Departamento Administración del Personal informar el cálculo total de diferencias a abonarle a la agente, conforme parámetros indicados, se adjunte la Certificación de Servicios correspondiente y la posterior intervención del Departamento Contaduría General;

Por todo lo expuesto, atento a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 4, el SECRETARIO DE ECONOMÍA en uso de sus facultades conferidas en el Art. 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades:

                                                                   R E S U E L V E

ARTÍCULO 1°: Hacer lugar a lo solicitado por la agente PEZZELLA FRANCISCO GABRIEL, D.N.I. 31.439.305, Legajo 14422, reconociendo los servicios desempeñados para la Municipalidad de Bahía Blanca como personal becario, por el término de un (1) año y un (1) mes y veintitrés (23) días.-

ARTÍCULO 2°: El reconocimiento realizado mediante el artículo 1º se efectúa a partir de la fecha de interposición del reclamo por parte de la agente interesada, 19/03/2025, y al solo efecto de la percepción de la Bonificación por Antigüedad y del usufructo de Licencia Anual Ordinaria, dejando expresa constancia que quedará exclusivamente a cargo de la agente la realización de los trámites pertinentes ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (I.P.S.), a los fines de obtención de reconocimiento de servicios en el ámbito previsional.-

ARTÍCULO 3°: El pago en concepto de Bonificación por Antigüedad será aplicando el 1% por el total de los servicios, conforme lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.-

ARTÍCULO 4°: Hacer lugar a lo solicitado por la agente PEZZELLA FRANCISCO GABRIEL, D.N.I. 31.439.305, Legajo 14422, en cuanto al reconocimiento de las diferencias salariales no prescriptas de dos (2) años anteriores al 19/03/2025, de acuerdo a lo establecido por el artículo 2.562 inciso C del Código Civil y Comercial, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante, en cumplimiento del artículo 140 del Reglamento de Contabilidad y artículo 54 del Decreto Provincial 2980/00.-

ARTÍCULO 5º: El gasto que se origine deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110125000, Actividad Programática 01.01.00, Gasto 1.1.3.1.-

ARTÍCULO 6°: Cumplir, notificar, publicar, dar al Registro Oficial; tome nota Departamento Administración del Personal, Subdirección General de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto y Contaduría General. Hecho, vuelva para la redacción del correspondiente proyecto de ordenanza.