Boletines/Lobería
Decreto Nº 1041-25
Lobería, 19/06/2025
REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.959/24, el Decreto Nº 048/25; y
Considerando
QUE, el Director de Servicios Públicos ING. EMILIANO MARINIER, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 048/25, que realizará trabajos de electricidad en varias plazas de esta ciudad, a partir del 02 de junio de 2025;
QUE, atento a no presentar dicho requerimiento en tiempo y forma corresponde registrar las tareas realizadas;
POR ELLO, INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista Sr. DANIEL EMILIANO MÉNDEZ, D.N.I. N° 27.320.899, designado mediante Decreto Nº 048/25, que realizó trabajos de electricidad en varias plazas de esta ciudad, a partir del 02 de junio de 2025.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas realizadas se detallan a continuación:
Plaza Villa Ercilia
• Desarmar tres farolas, sacar balasto, porta lámpara con lámpara y pasar a tecnología led, limpiar los dos equipos, colocar porta lámpara nueva y foco led de 50 watts.
• Realizar instalación eléctrica y dejar funcionando.
Plaza “24 de octubre”
• Desarmar un equipo para cambiar lámpara de farola y retirar protección rota y reparar.
Plaza “El Empalme” de la localidad de Tamangueyú
• Cambiar 2 focos quemados de 2 farolas y reparar empalmes, colocar dos reflectores led en cancha de futbol y conectarlos a la red.
Plaza de la Democracia “Juan José “Pepe” Fioramonti”
• Desarmar todos los equipos de farolas internas para encontrar el problema eléctrico, acomodar varios empalmes de farolas y revisar cajas eléctricas en bases de columnas para dejar todo funcionando.
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON VEINTE CENTAVOS ($ 687.798,20.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS SEIS CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 591.506,45.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 82.535,78. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 25 Dirección de Servicios Públicos – 02 Mantenimientos Urbanos – 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo”, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Dirección de Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.