Boletines/Tandil
Decreto Nº 1667/2025
Tandil, 12/06/2025
Visto
La solicitud de exención del pago de la Tasa Retributiva de Servicios Públicos, Tasa por Servicios Sanitarios y Tasa Unificada de Actividades Económicas presentada por Corina Alexander con DNI 18.037.878, responsable del espacio cultural “CENTRO CULTURAL ARTE Y PARTE”, por los ejercicios fiscales que abarcan desde el año 2020 al 2024 inclusive y el corriente, con tipo de exención “Espacio cultural”.
Que la institución se encuentra inscripta bajo la cuenta Nº 32462/000.
Considerando
Que la Ordenanza N° 16.703 reglamenta la actividad de los Espacios Culturales, actividad desarrollada por el “CENTRO CULTURAL ARTE Y PARTE” cuyo titular es la Asociación Civil Instituto Regional de Estudio y Gestión.
Que conforme lo dispuesto por la Ordenanza Nº 9.584 autoriza a eximir a aquellos contribuyentes que acrediten las condiciones requeridas por las Ordenanzas respectivas y que hubieran cumplimentado las exigencias formales extemporáneamente.
Que según lo informado por la Subsecretaría de Cultura y Educación el espacio cultural CENTRO CULTURAL ARTE Y PARTE, ubicado en la calle Yrigoyen Nº 882 de Tandil por traslado desde la calle Belgrano Nº 342, se encuentra inscripto en el Registro de Espacios Culturales según Ordenanza Nº 16.703.
Que conforme consta en expediente en orden 3 el contrato de locación suscripto con la propietaria del inmueble ubicado en calle Belgrano 342 perteneciente a Gagey, Alejandro y Otros, como así como también el contrato suscripto entre Chiang Hi Ying, de calle Yrigoyen 882, donde actualmente funciona que el Centro Cultural Arte y Parte, y que la institución locataria se hace cargo del pago entre otros de la Tasa Retributiva de Servicios y Servicios Sanitarios.
Que el último párrafo del Artículo 13° menciona expresamente que cuando se compruebe que la Tasa sea abonada por los responsables de los ECs, se otorgará la exención de la misma.
Que al respecto se ha expedido Agencia de Ingresos Municipales evaluando los extremos normativos, determinando que correspondería el otorgamiento de la exención solicitada.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Exímase al Instituto Regional de Estudio y Gestión CUIT 30-71119621-4 titular del Espacio Cultural “CENTRO CULTURAL ARTE Y PARTE”, en un cien por ciento (100%) del pago de la Tasa Unificada de Actividades Económicas - cuenta 32462/000 y accesorias, conforme lo establecido en la Ordenanza Fiscal.
Artículo 2º: Exímese del pago de la Tasa Retributiva de Servicios Públicos la cuenta 2361/000 y la Tasa por Servicios Sanitarios - cuenta 4679/000 y accesorias de cada una, en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal y en la Ordenanza 16703, por los periodos 3/2020 a 10/2022 según se detalla en Anexo I .
Artículo 3º: Exímese del pago de la Tasa Retributiva de Servicios Públicos - cuenta 1872/003 y la Tasa por Servicios Sanitarios - cuenta 3263/004 y accesorias de cada una, en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal y en la Ordenanza 16703, por los periodos 03/2023 a 12/2024 según se detalla en Anexo I.
Artículo 4º: La exención del Artículo 1 y 3 tendrá vigencia por el ejercicio fiscal 2025, mientras no se modifiquen las condiciones en que es acordada.
Artículo 5º: Exímese por los ejercicios 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 9.584 por la suma total de pesos un millón quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos veintiséis con cuarenta y ocho centavos ($ 1.562.426,48), que se compone de Tasa Retributiva de Servicios Públicos y accesorias por $ 462.165,15, Tasa por Servicios Sanitarios y accesorias por $ 565.255,84 y Tasa Unificada de Actividades Económicas y accesorias por $ 535.005,50, según detalle que se acompaña en los anexos I, II y III del presente.
Artículo 6º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.
Artículo 7º: Regístrese, comuníquese, pase para toma de conocimiento a la Dirección de Rentas y Finanzas, Dirección de Ingresos Públicos, Contaduría General, Subsecretaría de Cultura y Educación, quien notificará la eximición y oportunamente remítase a la Dirección de Rentas para su pase a "Guarda Temporal".
Firma Digital: Jesús Martín Echeverría (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Economía y Administración - Intendencia