Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 1313/2025
Coronel Suárez, 29/05/2025
Visto
el expediente de referencia por el cual se ejecuta a la obra: “Extensión red de gas Jardín de Infantes nº 916”, y -
Considerando
Que la presente contempla la provisión de mano de obra, herramientas y equipos para la obra de gas del proyecto 21-003369-00-23 calle B. Sur Mer e/Liniers y F. L. Beltrán (interconexión, ingeniería, planos, pruebas). Colocación de cañerías de 50 mm, 1 válvula de alto volumen 63 mm, 1 cupla red 63x50 mm y 1 servicio integral PE. 63 mm, mallas, tapones y accesorios provistos por el municipio;
Que el contratista deberá dar integral cumplimiento a las leyes laborales, provisionales, seguros por accidentes laborales (ART);
Que el plazo de ejecución de la obra será de treinta (30) días corridos, contados a partir de la firma del acta de replanteo y el plazo de garantía de obra trescientos sesenta y cinco (365) días corridos a partir de la firma del Acta de Recepción provisoria;
Que por lo expuesto y con la intención de comenzar la obra en un corto plazo, el Secretario de Obras Públicas considera necesario contratar una Empresa que tenga a su cargo la concreción de lo expuesto precedentemente;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART. 1º: Contrátese a la Empresa COOPERATIVA LTDA. DE ELECTRICIDAD - - - - -RURAL Y SERVICIOS ANEXOS DE ADOLFO ALSINA, para la ejecución de la obra denominada: “Extensión red de gas Jardín de Infantes nº 916”, estableciéndose un plazo de ejecución de obra de 30 (treinta) días corridos, contados a partir de la firma del Acta de Replanteo.-
ART. 2º: Fijase el monto de la presente contratación por mano de obra - - - - - - herramientas y equipos en la suma de $ 3.615.888 (Pesos tres millones seiscientos quince mil ochocientos ochenta y ocho), previa imputación a la Subjurisdicción: 111.010.6000 “Secretaría de Obras Publicas” – Categoría Programática: 65.83.00 – Objeto del Gasto: 4.2.2.0 – Fuente de Financiamiento: 132 – Recurso: 22.5.01.25.-
ART. 3º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-
DECRETO N° 1313