Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº158

Resolución Nº 158

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 05/06/2025

Visto los términos de la nota elevada por la Dirección del Instituto Cultural a fs. 1 de las presentes actuaciones, mediante la cual comunica que el Sr. Juan Antonio Rivara, artista escénico y gestor cultural de nuestra ciudad, se encuentra abocado a la coordinación de los seminarios “Framework for integration – Marco para la integración” dictados por el profesor estadounidense Luc Vanier y que se llevarán a cabo durante el mes de junio del corriente en nuestra ciudad, y

Considerando

Que el artículo 10° de la Ordenanza N° 12.711 de creación del Instituto Cultural en sus incisos c) y f) le confiere a éste la facultad de "...Generar políticas de acción que permitan el acceso a las actividades artístico - culturales a todos los habitantes del partido de Bahía Blanca, atendiendo a la descentralización barrial en los medios de producción cultural..." y "...Difundir las actividades artísticas y culturales en sus diferentes manifestaciones que se desarrollen en todo el ámbito del Partido de Bahía Blanca..."

Que Luc Vanier llevará adelante una serie de seminarios llamados “Framework for integration – Marco para la integración”, dirigido a artistas escénicos. El Marco para la Integración es un sistema de análisis de patrones de movimiento basado en la Técnica Alexander y el Desarrolo Evolutivo del Movimiento. Este sistema permite cuestionar ideas sobre lo “correcto” e identificar los hábitos que desarrollamos. El Sistema del Marco ayuda a bailarines, docentes y personas interesadas en el movimiento a tomar conciencia de sus hábitos, ampliar las opciones de movimiento consciente y moverse con más eficiencia, claridad e intención. Los seminarios se dictarán durante el mes de junio del corriente.

Que Luc Vanier es el director fundador de la Escuela de Danza de la Universidad de Utah y posee una maestría en Bellas Artes de la Universidad de Illinois. Fue certificado como profesor de la Técnica Alexander en 2001 y es miembro de la Sociedad Americana de la Técnica Alexander. También ha sido director de la escuela de formación de profesores en Técnica Alexander en Milwaukee y actualmente es director de la escuela de Técnica Alexander en Salt Lake City (SLCityAT). Junto con Rebecca Nettle-Fiol, es coautor del libro “Danza y la Técnica Alexander”.

Que, para esta ocasión, se ha solicitado un subsidio destinado a solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios artísticos y profesionales correspondientes al dictado de seminarios, entre otros que se pudieran ocasionar en el marco de su realización. Teniendo en cuenta la imputación realizada por la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades, 

RESUELVE

ARTÍCULO 1º): Otorgar un subsidio a nombre de Juan Antonio RIVARA - C.U.I.L.: 23-31272581-9; por la suma de Pesos Quinientos Treinta y Cinco Mil ($535.000.-) a fin de solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios artísticos y profesionales correspondientes al dictado de seminarios “Framework for integration – Marco para la integración” dictados por el profesor estadounidense Luc Vanier y que se llevarán a cabo durante el mes de junio del corriente en nuestra ciudad, en un todo de acuerdo a lo expuesto en el Considerando.

ARTÍCULO 2º): El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente de Financiamiento: 110 - Jurisdicción 1110108000 - Cat. Prog.: 01.18.00 - Actividades Culturales - Gasto 5.1.4.0.

ARTÍCULO 3º): Notificar a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General en el plazo de sesenta (60) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-

ARTÍCULO 4º): Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 3° del presente acto administrativo.- 

ARTÍCULO 5º): Cúmplase, publíquese, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.