Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 703
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/06/2025
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por la Asociación Civil Cannábica Bahía Blanca, con C.U.I.T. 30-71818343-6, Contribuyente Nº 92918, para desarrollar actividades bajo el rubro de Oficina administrativa de Asociación Civil, Venta al por menor de artículos para fumadores y Cultivo de plantas, en el domicilio de la calle O`Higgins Nº 458 P.B. de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 17 de noviembre de 2023, conforme constancias obrantes a fs. 1 y 2;
Que de fs. 6 a 45 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs. 48 toma debida intervención el Departamento Habilitación, labrando la correspondiente Acta de Inspección Nº 4765 de fecha 29/02/2024; dejando constancia que debe anexar el rubro Venta al por menor de artículos para fumadores y cultivo de plantas;
Que a fs. 51 presenta solicitud de habilitación por anexo del rubro Venta al por menor de artículos para fumadores y cultivo de plantas;
Que a fs. 57 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que a fs. 64 toma debida intervención el Departamento Habilitación, labrando la correspondiente Acta de Inspección Nº 6604 de fecha 16/04/2025; dejando constancia que inmueble reúne condiciones para el desarrollo de la actividad;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº1123/93;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación, el Departamento Habilitaciones y el resto de las áreas intervinientes, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Habilítase a la Asociación Civil Cannábica Bahía Blanca, con C.U.I.T. 30-71818343-6, Contribuyente Nº 92918, para desarrollar actividades bajo el rubro de Oficina administrativa de Asociación Civil, Venta al por menor de artículos para fumadores y Cultivo de plantas, en el domicilio de la calle O`Higgins Nº 458 P.B. de la Localidad de Bahía Blanca.
ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 381/2025 a nombre de la Asociación Civil Cannábica Bahía Blanca, Contribuyente Nº 92918 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido. Archívese.