Boletines/Zárate

Decreto Nº280/25

Decreto Nº 280/25

Zárate, 05/06/2025

Visto

Lo actuado en el Expediente Municipal Nº 4121-2047/2025, en el que corren agregadas los antecedentes vinculados con el Concurso de Precios Nº03/2025, denominada: “ADQUISICIÓN DE ALARMAS VECINALES”, y;-

Considerando

Que, con fecha 29 de mayo de 2025 se realizó la apertura de los sobres correspondientes a al Concurso de Precios N°03/25, cuyo objeto es el de contratar a una empresa a quien encomendarle la: “ADQUISICIÓN DE ALARMAS VECINALES”;

Que, a la convocatoria Municipal no se presentaron oferentes;

Que, de acuerdo al informe elaborado por la Comisión de Preadjudicación de fecha 30 de mayo de 2025, recomienda al Departamento Ejecutivo Municipal realizar un SEGUNDO LLAMADO en los términos de los artículos 155°de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el art. 187° del Reglamento de Contabilidad del Honorable Tribunal de Cuentas;

Que, este Departamento Ejecutivo comparte los Criterios de la Comisión de Preadjudicación;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las atribuciones que le acuerda el artículo 132 y concordantes del Decreto–Ley 6.769/58.-

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Declárese fracasado el primer llamado a al Concurso de Precios N°3 convocado por el Decreto N°224/25, con el objeto de seleccionar una empresa a quien encomendarle la: “ADQUISICIÓN DE ALARMAS VECINALES”. -

ARTÍCULO 2º.- Convóquese en los términos de los Artículos 155° de la Ley  -Orgánica de las Municipalidades y el Artículo 187° del Reglamento de Contabilidad del Honorable Tribunal de Cuentas, a un SEGUNDO LLAMADO del Concurso de Precios N°03/25, convocada con el mismo objeto que el señalado en el artículo primero del presente acto administrativo.-

ARTÍCULO 3º.- El acto de apertura del SEGUNDO LLAMADO será realizado  el día 11 de junio de 2025, en el Palacio Municipal a las 11 hs., o el siguiente día hábil administrativo, a la misma hora, si el fijado no resultara no serlo.-

ARTÍCULO 4º.- Se designa para integrar la Comisión de Pre adjudicación  

a) Secretario de Protección Ciudadana,

b) Subsecretaria de Administración y Planificación,

 

c) Directora de Compras.

ARTÍCULO 5º.- Para este segundo llamado regirá lo dispuesto en los artículos 1°,  3°,-5°, 6° y 7° del Decreto N°224/25.-

ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario   de Gobierno, IGNACIO JERÓNIMO SUÁREZ OGALLAR.-

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tomen conocimiento   la Secretaría de Protección Ciudadana, Secretaría de Economía, Subsecretaría de Administración y Planificación, Dirección de Compras, Dirección de Seguimiento y Control de Concesiones y Licitaciones, Contaduría, Tesorería y, archívese.