Boletines/Zárate
Decreto Nº 275/25
Zárate, 05/06/2025
Visto
Las Ordenanzas Nº 4871, 5070, 5115 y 5202, y el Expediente Nº 4121-1718/2024; y
Considerando
Que, mediante la Ordenanza Nº 4871 modificada por Ordenanza N° 5115, se implementó el otorgamiento de un complemento dinerario, a modo de subsidio no reintegrable, destinado tanto para dar cobertura de personas que requieran asistencia habitacional y/o protección familiar, como para dar cobertura a personas que se encuentren en situación de desempleo, tendiente a mejorar la situación particular o su situación socio-económica y reinserción laboral respectivamente, de todos aquellos beneficiarios o no, de planes sociales otorgados por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, prorrogada por la Ordenanza Nº 5070, y con un plazo de vigencia desde el 1º de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, considerando la situación económica y de empleo dentro del contexto actual;
Que, a tales fines, la cobertura de la situación de desempleo de los beneficiarios alcanzados y que constan en el Expediente citado en el Visto, será efectivizado a través del otorgamiento de una ayuda económica, en carácter de subsidio no reintegrable, a otorgarse mensualmente, respectivamente, conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 4871 y 5115;
Que, en el marco del Expediente Nº 4121-1718/2024, se han reunido los elementos exigidos por las citadas normas por cada beneficiario, para el otorgamiento del subsidio conforme lo descripto en las mencionadas actuaciones;
Que en atención a las particularidades del contexto actual, este Departamento Ejecutivo promueve el pago proporcional de dicho subsidio correspondiente al mes de mayo;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos tres millones setenta mil ciento veinte ($3.070.120.-) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de MAYO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:
Nº Nombre Cuadrilla DNI Nº Beneficiario Categoría Monto
1 BAIGORRIA ESTEBAN TANQUE 34.645.227 14983 OF $ 298.570
2 DEBETAK SERGIO ANDRES TANQUE 32.780.947 14486 OF $ 298.570
3 LÓPEZ, VALERIA ALEJANDRA TANQUE 35.835.926 14562 OF $ 298.570
4 MIÑO GONZALO SEBASTIAN TANQUE 39.669.323 14212 1/2-OF $ 275.922
5 MONZON LEONARDO GERMAN TANQUE 40.756.941 14215 PUNTERO $ 349.358
6 OSORIO ANALIA NATALIA TANQUE 34.481.318 14223 1/2-OF $ 275.922
7 ROA, GASTÓN EZEQUIEL TANQUE 42.155.132 14533 OF $ 298.570
8 ROMERO GABRIEL TANQUE 21.834.280 14244 PUNTERO $ 349.358
9 ROQUETA AGUSTÍN TANQUE 42.882.849 14576 1/2-OF $ 275.922
10 TABORDA RUBEN ALBERTO TANQUE 28.268.277 15356 PUNTERO $ 349.358
TOTAL: $ 3.070.120
ARTÍCULO 2º.- El gasto dispuesto en el artículo 1º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110108000 – Secretaría de Desarrollo Humano; Programa: 86 – Inclusión Social y Abordajes Integrales; Actividad: 01 – Administración de la Subsecretaría de Inclusión Social y Abordajes Integrales; Partida: 5.1.4.0 – Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 - Origen Municipal; del presupuesto vigente. –
ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos un millón ciento setenta y siete mil ciento veinticuatro ($ 1.177.124.-) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de MAYO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:
11 ARANDA, NAHUEL ULISES Palacio 43.470.915 14564 PUNTERO $ 349.358
12 FARIAS, AGUSTIN ENZO Palacio 45.292.324 14578 1/2-OF $ 275.922
13 GALEANO, JORGE ANIBAL Palacio 44.591.605 14542 1/2-OF $ 275.922
14 GUTIERREZ, GRACIELA NOEMI Palacio 26.624.726 14532 1/2-OF $ 275.922
TOTAL $1.177.124.-
ARTÍCULO 4º.- El gasto dispuesto en el artículo 3º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110105000 – Secretaría de Gobierno; Programa: 01 – Administración, Control y Gestión de la Secretaría de Gobierno; Actividad: 01 – Administración, Control y Gestión de la Secretaría de Gobierno; Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 5º.- Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos un millón doscientos veintidós mil cuatrocientos veinte ($ 1.222.420.-) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de MAYO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:
15 ALVEZ, RUBEN HECTOR Lima 24.505.119 14783 1/2-OF $ 275.922
16 MONTSERRAT MARÍA DEL CARMEN Lima 31.410.937 14488 PUNTERO $ 349.358
17 PAZ CESARIO LUIS Lima 24.670.948 14226 OF $ 298.570
18 VERGARA NOELIA SOLEDAD Lima 37.845.705 14490 OF $ 298.570
TOTAL $ 1.222.420.-
ARTÍCULO 6º.- El gasto dispuesto en el artículo 5º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110109000 – Secretaría de Lima; Programa: 01 – Administración Control y Gestión de Lima – Actividad: 01 – Administración Control y Gestión de Lima – Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 7º.- Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos diez millones seiscientos veintiocho mil ciento treinta y cinco ($ 10.628.135.-) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de MAYO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:
19 AGUIRRE CASIAN DIEGO NICOLAS 5 42.294.788 14154 OF $ 298.570
20 AGUSTINEZ SERGIO ORLANDO TALLER 23.986.791 14155 OF $ 298.570
21 ARAOZ JESICA MARIA VICTORIA WITCEL 30.350.008 14158 PUNTERO $ 349.358
22 ARAYA LUCAS WITCEL 38.838.547 14550 PUNTERO $ 349.358
23 BALLESTERO ALEJANDRO JAVIER 7 23.363.618 14159 OF $ 298.570
24 BARRETO ANGEL FABIAN 3 45.032.501 14160 OF $ 232.221
25 BARRETO EMILIO ANGEL 3 28.268.249 14161 PUNTERO $ 349.358
26 CONTRERA MATIAS MAXIMILIANO 1 44.165.089 14177 OF $ 298.570
27 CORIA LUIS JAVIER 2 18.844.286 14178 PUNTERO $ 349.358
28 CRISPIEN YESICA CATALINA 5 34.400.776 14179 PUNTERO $ 349.358
29 DE LA CRUZ, CECILIA BELÉN 1 40.375.797 14541 OF $ 298.570
30 DIAZ JORGE ALBERTO Cementerio 24.195.397 14181 PUNTERO $ 349.358
31 DOMINGUEZ JOSE ALBERTO WITCEL 20.343.243 14182 OF $ 298.570
32 EDUARDO MONICA TERESA 7 20.979.395 14491 PUNTERO $ 349.358
33 EDUARDO, NESTOR ABEL 3 20.020.259 14548 OF $ 298.570
34 EICHMAN GUSTAVO WITCEL 30.516.241 14579 OF $ 298.570
35 ESCOBEDO DYLAN EUGENIO GABRIEL Cementerio 45.998.260 14186 OF $ 298.570
36 FLORES SEBASTIAN CESAR ARIEL Palacio 32.331.017 14190 PUNTERO $ 349.358
37 ISASA MARTIN MAXIMILIANO WITCEL 34.400.880 14198 OF $ 298.570
38 MAGNE TOMAS 4 45.864.222 14899 1/2-OF $ 214.606
39 MÉNDEZ ERICA NATALIA 2 29.286.480 14487 PUNTERO $ 349.358
40 MONTEROS MILAGROS AYLEN CEMENTERIO 43.815.732 14214 OF $ 298.570
41 ROCHE JORGE RAMON 1 31.538.126 14235 PUNTERO $ 349.358
42 ROCHE SEBASTIÁN 1 42.461.574 14489 OF $ 298.570
43 RODRIGUEZ CRISTIAN DAVID 3 19.085.122 14237 OF $ 298.570
44 RODRIGUEZ LAUTARO GERMAN TALLER 42.540.303 14240 OF $ 298.570
45 ROJAS, EDUARDO ALBERTO 4 16.983.677 14558 PUNTERO $ 349.358
46 ROSALES HECTOR OSCAR WITCEL 30.171.550 14246 OF $ 298.570
47 SILVA LUIS MARCELO WITCEL 24.478.714 14250 PUNTERO $ 349.358
48 TROSET MARCOS JAVIER 4 28.942.560 14253 PUNTERO $ 349.358
49 VILLA, BRISA ABRIL 2 43.050.874 14534 OF $ 298.570
50 YEDRO MONICA ALEJANDRA 7 27.819.498 14258 OF $ 298.570
51 ISAURRALDE LILIANA 4 31.281.714 14989 1/2-OF $ 214.606
52 RUIZ DIAZ, MIGUEL ANGEL 5 26.624.364 14555 PUNTERO $ 349.358
TOTAL $ 10.628.135.-
ARTÍCULO 8º.- El gasto dispuesto en el artículo 7º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110114000 – Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos; Programa: 20 – Mantenimiento y Servicios Públicos; Actividad: 01 – Administración Gestión y Control de Mantenimiento y Servicios Públicos – Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 9º.- Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos doscientos noventa y ocho mil quinientos setenta ($ 298.570.-) a la persona que se detalla a continuación, por el monto consignado, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de MAYO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:
53 FERNANDEZ GABRIEL ALEXIS Bromatología /Zoonosis 35.836.479 14188 OF $ 298.570
TOTAL $ 298.570.-
ARTÍCULO 10º.- El gasto dispuesto en el artículo 9º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110107000 – Secretaría de Salud; Programa: 73 – Bromatología y Zoonosis; Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-
ARTICULO 11º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos un millón ciento veintisiete mil novecientos treinta y uno ($ 1.127.931.-) a las persona que se detallan a continuación, por el monto consignado, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de MAYO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:
54 FIGUEROA NATALIA MUNI 2 33.033.591 15132 OF $ 298.570
55 ORTIZ PATRICIA ALEJANDRA MUNI 2 23.064.174 14222 OF $ 298.570
56 DEFELIPPE, ROCIO CRISTAL MUNI 2 32.953.438 14553 OF $ 298.570
57 GOMEZ HECTOR HERNAN MUNI 2 29.805.264 14633 OF $ 232.221
TOTAL $ 1.127.931
ARTICULO 12º.- El gasto dispuesto en el artículo 11º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110101000 - Conducción Superior; Programa: 01- Coordinación de Políticas Ejecutivas, Actividad: 01 Administración de Coordinación de Políticas Ejecutivas; Fuente de Financiamiento: 110 de Origen Municipal; Partida: 5.1.4.0 Ayudas Sociales a Personas
ARTÍCULO 13º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Humano y Educación, Dn. IVAN RODRIGO GOMEZ GEREZ.-
ARTÍCULO 14º.- Regístrese, publíquese, tomen conocimiento la Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Desarrollo Humano y Educación, comuníquese y archívese.-