Boletines/Zárate

Decreto Nº275/25

Decreto Nº 275/25

Zárate, 05/06/2025

Visto

Las Ordenanzas Nº 4871, 5070, 5115 y 5202, y el Expediente Nº 4121-1718/2024; y

Considerando

Que, mediante la Ordenanza Nº 4871 modificada por Ordenanza N° 5115, se implementó el otorgamiento de un complemento dinerario, a modo de subsidio no reintegrable, destinado tanto para dar cobertura de personas que requieran asistencia habitacional y/o protección familiar, como para dar cobertura a personas que se encuentren en situación de desempleo, tendiente a mejorar la situación particular o su situación socio-económica y reinserción laboral respectivamente, de todos aquellos beneficiarios o no, de planes sociales otorgados por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, prorrogada por la Ordenanza Nº 5070, y con un plazo de vigencia desde el 1º de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, considerando la situación económica y de empleo dentro del contexto actual;

Que, a tales fines, la cobertura de la situación de desempleo de los beneficiarios alcanzados y que constan en el Expediente citado en el Visto, será efectivizado a través del otorgamiento de una ayuda económica, en carácter de subsidio no reintegrable, a otorgarse mensualmente, respectivamente, conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 4871 y 5115;

Que, en el marco del Expediente Nº 4121-1718/2024, se han reunido los elementos exigidos por las citadas normas por cada beneficiario, para el otorgamiento del subsidio conforme lo descripto en las mencionadas actuaciones;

Que en atención a las particularidades del contexto actual, este Departamento Ejecutivo promueve el pago proporcional de dicho subsidio correspondiente al mes de mayo;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias,

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos tres millones setenta mil ciento veinte ($3.070.120.-) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de MAYO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:

Nº Nombre Cuadrilla DNI Nº Beneficiario Categoría Monto

1 BAIGORRIA ESTEBAN TANQUE 34.645.227 14983 OF $ 298.570

2 DEBETAK SERGIO ANDRES TANQUE 32.780.947 14486 OF $ 298.570

3 LÓPEZ, VALERIA ALEJANDRA TANQUE 35.835.926 14562 OF $ 298.570

4 MIÑO GONZALO SEBASTIAN TANQUE 39.669.323 14212 1/2-OF $ 275.922

5 MONZON LEONARDO GERMAN TANQUE 40.756.941 14215 PUNTERO $ 349.358

6 OSORIO ANALIA NATALIA TANQUE 34.481.318 14223 1/2-OF $ 275.922

7 ROA, GASTÓN EZEQUIEL TANQUE 42.155.132 14533 OF $ 298.570

8 ROMERO GABRIEL TANQUE 21.834.280 14244 PUNTERO $ 349.358

9 ROQUETA AGUSTÍN TANQUE 42.882.849 14576 1/2-OF $ 275.922

10 TABORDA RUBEN ALBERTO TANQUE 28.268.277 15356 PUNTERO $ 349.358

TOTAL: $ 3.070.120

 

 

ARTÍCULO 2º.- El gasto dispuesto en el artículo 1º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110108000 – Secretaría de Desarrollo Humano; Programa: 86 – Inclusión Social y Abordajes Integrales; Actividad: 01 – Administración de la Subsecretaría de Inclusión Social y Abordajes Integrales; Partida: 5.1.4.0 – Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 - Origen Municipal; del presupuesto vigente. –

ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos un millón ciento setenta y siete mil ciento veinticuatro ($ 1.177.124.-) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de MAYO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:

11 ARANDA, NAHUEL ULISES Palacio 43.470.915 14564 PUNTERO $ 349.358

12 FARIAS, AGUSTIN ENZO Palacio 45.292.324 14578 1/2-OF $ 275.922

13 GALEANO, JORGE ANIBAL Palacio 44.591.605 14542 1/2-OF $ 275.922

14 GUTIERREZ, GRACIELA NOEMI Palacio 26.624.726 14532 1/2-OF $ 275.922

TOTAL $1.177.124.-

 

ARTÍCULO 4º.- El gasto dispuesto en el artículo 3º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110105000 – Secretaría de Gobierno; Programa: 01 – Administración, Control y Gestión de la Secretaría de Gobierno; Actividad: 01 – Administración, Control y Gestión de la Secretaría de Gobierno; Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-

 

ARTÍCULO 5º.- Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos un millón doscientos veintidós mil cuatrocientos veinte ($ 1.222.420.-) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de MAYO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:

15 ALVEZ, RUBEN HECTOR Lima 24.505.119 14783 1/2-OF $ 275.922

16 MONTSERRAT MARÍA DEL CARMEN Lima 31.410.937 14488 PUNTERO $ 349.358

17 PAZ CESARIO LUIS Lima 24.670.948 14226 OF $ 298.570

18 VERGARA NOELIA SOLEDAD Lima 37.845.705 14490 OF $ 298.570

TOTAL $ 1.222.420.-

 

ARTÍCULO 6º.- El gasto dispuesto en el artículo 5º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110109000 – Secretaría de Lima; Programa: 01 – Administración Control y Gestión de Lima – Actividad: 01 – Administración Control y Gestión de Lima – Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-

ARTÍCULO 7º.- Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos diez millones seiscientos veintiocho mil ciento treinta y cinco ($ 10.628.135.-) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de MAYO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:

19 AGUIRRE CASIAN DIEGO NICOLAS 5 42.294.788 14154 OF $ 298.570

20 AGUSTINEZ SERGIO ORLANDO TALLER 23.986.791 14155 OF $ 298.570

21 ARAOZ JESICA MARIA VICTORIA WITCEL 30.350.008 14158 PUNTERO $ 349.358

22 ARAYA LUCAS WITCEL 38.838.547 14550 PUNTERO $ 349.358

23 BALLESTERO ALEJANDRO JAVIER 7 23.363.618 14159 OF $ 298.570

24 BARRETO ANGEL FABIAN 3 45.032.501 14160 OF $ 232.221

25 BARRETO EMILIO ANGEL 3 28.268.249 14161 PUNTERO $ 349.358

26 CONTRERA MATIAS MAXIMILIANO 1 44.165.089 14177 OF $ 298.570

27 CORIA LUIS JAVIER 2 18.844.286 14178 PUNTERO $ 349.358

28 CRISPIEN YESICA CATALINA 5 34.400.776 14179 PUNTERO $ 349.358

29 DE LA CRUZ, CECILIA BELÉN 1 40.375.797 14541 OF $ 298.570

30 DIAZ JORGE ALBERTO Cementerio 24.195.397 14181 PUNTERO $ 349.358

31 DOMINGUEZ JOSE ALBERTO WITCEL 20.343.243 14182 OF $ 298.570

32 EDUARDO MONICA TERESA 7 20.979.395 14491 PUNTERO $ 349.358

33 EDUARDO, NESTOR ABEL 3 20.020.259 14548 OF $ 298.570

34 EICHMAN GUSTAVO WITCEL 30.516.241 14579 OF $ 298.570

35 ESCOBEDO DYLAN EUGENIO GABRIEL Cementerio 45.998.260 14186 OF $ 298.570

36 FLORES SEBASTIAN CESAR ARIEL Palacio 32.331.017 14190 PUNTERO $ 349.358

37 ISASA MARTIN MAXIMILIANO WITCEL 34.400.880 14198 OF $ 298.570

38 MAGNE TOMAS 4 45.864.222 14899 1/2-OF $ 214.606

39 MÉNDEZ ERICA NATALIA 2 29.286.480 14487 PUNTERO $ 349.358

40 MONTEROS MILAGROS AYLEN CEMENTERIO 43.815.732 14214 OF $ 298.570

41 ROCHE JORGE RAMON 1 31.538.126 14235 PUNTERO $ 349.358

42 ROCHE SEBASTIÁN 1 42.461.574 14489 OF $ 298.570

43 RODRIGUEZ CRISTIAN DAVID 3 19.085.122 14237 OF $ 298.570

44 RODRIGUEZ LAUTARO GERMAN TALLER 42.540.303 14240 OF $ 298.570

45 ROJAS, EDUARDO ALBERTO 4 16.983.677 14558 PUNTERO $ 349.358

46 ROSALES HECTOR OSCAR WITCEL 30.171.550 14246 OF $ 298.570

47 SILVA LUIS MARCELO WITCEL 24.478.714 14250 PUNTERO $ 349.358

48 TROSET MARCOS JAVIER 4 28.942.560 14253 PUNTERO $ 349.358

49 VILLA, BRISA ABRIL 2 43.050.874 14534 OF $ 298.570

50 YEDRO MONICA ALEJANDRA 7 27.819.498 14258 OF $ 298.570

51 ISAURRALDE LILIANA 4 31.281.714 14989 1/2-OF $ 214.606

52 RUIZ DIAZ, MIGUEL ANGEL 5 26.624.364 14555 PUNTERO $ 349.358

 

TOTAL $ 10.628.135.-

 

ARTÍCULO 8º.- El gasto dispuesto en el artículo 7º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110114000 – Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos; Programa: 20 – Mantenimiento y Servicios Públicos; Actividad: 01 – Administración Gestión y Control de Mantenimiento y Servicios Públicos – Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-

ARTÍCULO 9º.- Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos doscientos noventa y ocho mil quinientos setenta ($ 298.570.-) a la persona que se detalla a continuación, por el monto consignado, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de MAYO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:

53 FERNANDEZ GABRIEL ALEXIS Bromatología /Zoonosis 35.836.479 14188 OF $ 298.570

TOTAL $ 298.570.-

 

ARTÍCULO 10º.- El gasto dispuesto en el artículo 9º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110107000 – Secretaría de Salud; Programa: 73 – Bromatología y Zoonosis; Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-

ARTICULO 11º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos un millón ciento veintisiete mil novecientos treinta y uno ($ 1.127.931.-) a las persona que se detallan a continuación, por el monto consignado, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de MAYO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:

 

54 FIGUEROA NATALIA MUNI 2 33.033.591 15132 OF $ 298.570

55 ORTIZ PATRICIA ALEJANDRA MUNI 2 23.064.174 14222 OF $ 298.570

56 DEFELIPPE, ROCIO CRISTAL MUNI 2 32.953.438 14553 OF $ 298.570

57 GOMEZ HECTOR HERNAN MUNI 2 29.805.264 14633 OF $ 232.221

TOTAL $ 1.127.931

 

ARTICULO 12º.- El gasto dispuesto en el artículo 11º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110101000 - Conducción Superior; Programa: 01- Coordinación de Políticas Ejecutivas, Actividad: 01 Administración de Coordinación de Políticas Ejecutivas; Fuente de Financiamiento: 110 de Origen Municipal; Partida: 5.1.4.0 Ayudas Sociales a Personas

ARTÍCULO 13º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Humano y Educación, Dn. IVAN RODRIGO GOMEZ GEREZ.-

ARTÍCULO 14º.- Regístrese, publíquese, tomen conocimiento la Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Desarrollo Humano y Educación, comuníquese y archívese.-