Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5628/2025

Ordenanza Nº 5628/2025

Trenque Lauquen, 05/05/2025

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

La Ordenanza N° 5211/2021 autorizó a la CLINICA PRIVADA Dr. PEDRO GARCÍA SALINAS S.A. a incrementar la superficie ocupada en planta baja (F.O.S. - Factor de Ocupación del Suelo) que supera lo establecido en el Código de Zonificación de Trenque Lauquen, con los argumentos expresados en la Exposición de Motivos;

Al mismo tiempo, dicha Ordenanza incorpora como Anexo I el croquis de la planta baja realizado por el estudio de arquitectura encargado del proyecto, en donde se indican los sectores con las superficies autorizadas a edificar y los usos de cada una;

Posteriormente, por nota N° 9473, con fecha 30 de diciembre de 2024, el profesional actuante solicita al Municipio una modificación respecto de los usos que figuran en las áreas a ampliar, sin afectar a la superficie del proyecto (F.O.S.);

Por tal motivo, y dado que la importancia de la excepción otorgada radica en permitir una mayor ocupación de la superficie del suelo (F.O.S.) y no en los usos de las dependencias internas del proyecto, se propone autorizar los cambios de usos o destinos del esquema que figura como Anexo I de la Ordenanza N° 5211/2021, siempre y cuando no se modifique el destino del edificio (Clínica Privada) ni el F.O.S. que se otorga como excepción;

Dichos cambios deberán presentarse a través de un proyecto de obra por medio de un profesional matriculado, en la Dirección de Obras Particulares de la Municipalidad, sin necesidad de modificación o redacción de una nueva Ordenanza (Exp. N° 6029/10 HCD.).

ORDENANZA

POR ELLO:

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

Artículo 1°.-) Autorícese el cambio de usos o destinos de los locales (y/o modificaciones internas en la distribución de los mismos) especificados en el Anexo I de la Ordenanza N° 5211/2021, en todas las reestructuraciones internas que se requieran, siempre y cuando no se modifique el destino del edificio (Clínica Privada) ni el F.O.S. que se autoriza por excepción. Dichos cambios deberán presentarse a través de un proyecto de obra, por medio de un profesional matriculado, en la Dirección de Obras Particulares de la Municipalidad.

Artículo 2°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO.


Gustavo BORIES
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
Marta BATHIS
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 01278/2025 – 08/05/2025 
Firma:    Francisco Recoulat – Intendente Municipal. 
               Dr. Martín Borrazás – Secretario de Gobierno