Boletines/General Villegas
Decreto Nº 387/25
Publicado en versión extractada
General Villegas, 26/02/2025
VISTO:
El Expediente Nº 2376/25, referente a la situación ocurrida en el Registro Civil de la localidad de Coronel Charlone, el día 17 de febrero del corriente año; y
CONSIDERANDO:
Que al iniciar la jornada laboral en el Registro Civil de la localidad de Coronel Charlone, se intentó encender la computadora utilizada como herramienta de trabajo, constatándose que se encontraba "vacía", es decir, los programas del sistema operativo Windows habían sido eliminados, dejando la computadora inoperativa. Cabe destacar que la Sra. María José Chaves había sido la persona encargada de desempeñar funciones en dicho puesto previamente.
Que al realizar la verificación correspondiente, se observó que en el equipo solo permanecían algunos archivos correspondientes a expedientes aun en trámite y sin cerrar, pero sin la posibilidad de ser utilizados debido a la falta de los programas necesarios, entre ellos, “Chutro” y “GBA”, los cuales contienen datos utilizados por el Registro Civil, “REDIP”, los que serían fundamentales para la realización de todos los trámites del Registro Civil de la localidad.
Que, asimismo, la computadora no contaría con el paquete de Office, el software que permite utilizar el escáner y otros programas esenciales para el normal funcionamiento de la dependencia, lo que se asemeja a un “reseteo” general del sistema. De la misma forma se constata el retiro de los toners de la impresora, lo que imposibilitó la impresión de cualquier documentación.
Que, a consecuencia de esta situación, durante la jornada laboral no se pudo realizar ninguna tarea administrativa en el Registro Civil de Coronel Charlone. Cabe destacar, que en el momento en que se constató esta situación se encontraba presente el Sr. Prola, Delegado del Registro Civil de Emilio V. Bunge, quien habría intentado regularizar la situación.
Que a fojas 8 el Departamento Personal informa que la agente pertenece a planta permanente, registra antecedentes de sanciones disciplinarias y no posee inasistencias injustificadas desde enero de 2024 a enero de 2025.
Que el accionar de Chaves, consistió en el “borrado” de información sensible de un organismo público, lo que ocasionó la imposibilidad de realizar tareas administrativas en el Registro Civil de Coronel Charlone, afectando gravemente el servicio público y la atención de los ciudadanos.
Que la falta cometida reviste una gravedad inusitada, que debe ser fuertemente corregida, ya que incumplió con las obligaciones a su cargo prevista en el Artículo 65° incisos c), i) y m) de la Ordenanza N° 5647, siendo además, causual de sanción expulsiva por encuadrarse en las previsiones de los incisos b), c), d) y k) del Artículo 69 de la Ordenanza N° 5647, asimismo infringió lo dispuesto en el Artículo 70°, ya que la misma habría trastocado el normal funcionamiento de los servicios esenciales prestados por el Municipio.
Que la Administración debe velar por el armónico y pacifico desarrollo de las actividades a su cargo, las que significan el correcto desenvolvimiento de las personas bajo su dependencia, por ello estipula que deben observar en el servicio una conducta correcta, digna y decorosa, acorde con su función.
Que la gravedad de la falta cometida debe ser calificada como “inconducta notoria” encuadrada en el Artículo 69° inciso c) de la Ordenanza N° 5647/16, lo que resulta a todas luces inadmisible.
Que conforme el Capítulo del régimen Disciplinario de la Ordenanza N° 5647, establece las causales y el procedimiento sancionatorio para aquellos agentes que incumplan con sus obligaciones o infrinjan las reglas que rigen la actividad.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos interviene a fojas 9 y 10, sugiriendo iniciar la sustanciación del correspondiente sumario administrativo a la agente María José Chaves, Legajo Personal N° 3872 de conformidad con el Artículo 72° y se proceda a la suspensión preventiva del agente conforme lo dispuesto en el artículo 81° de la Ordenanza N° 5647.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Instrúyase sumario administrativo a la agente María José Chaves, Legajo Personal N° 3872, por las razones invocadas ut supra.
ARTÍCULO SEGUNDO: Desígnese al Dr. Mariano Raúl Maranta, para instruir el sumario ordenado en el Artículo Primero.
ARTÍCULO TERCERO: Suspéndase preventivamente a la agente María José Chaves, Legajo Personal N° 3872, por el término de treinta (30) días sin goce de haberes, a partir del día siguiente de recepcionada la notificación, por las razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO CUARTO: Notifíquese en legal tiempo y forma.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento Personal, Dirección de Asuntos Jurídicos, Secretaria de Cultura y Delegación Municipal de Coronel Charlone; cúmplase y archívese.