Boletines/General Villegas
Decreto Nº 337/25
Publicado en versión extractada
General Villegas, 21/02/2025
VISTO:
El Expediente Nº 1630/25, iniciado por la Asociación de Bomberos Voluntarios de Piedritas, solicitando un subsidio destinado a solventar el sueldo del cuartelero la institución a partir del mes de enero; y
CONSIDERANDO:
Que esta Administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 4.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio de Pesos siete millones ($ 7.000.000,00.-) a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Piedritas, pagadero en dos cuotas, la primera de pesos un millón ciento sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis con sesenta y seis centavos ($ 1.166.666,66) y la segunda de pesos cinco millones ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres con treinta y cuatro centavos ($ 5.833.333,34) a partir de enero 2025 destinado a solventar el sueldo del cuartelero de la institución.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrese el cheque por la suma y a la orden establecida en el Artículo Primero.
ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada, deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, dentro de los treinta (30) días de recibido el mismo. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto el reintegro de la suma otorgada (Artículo 131º y concordantes del Reglamento de Contabilidad).
ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
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Jurisdicción: |
Departamento Ejecutivo |
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Programas o Actividades Centrales |
79 – Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado |
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Unidad Ejecutora: |
Intendente Municipal |
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Fuente de Financiamiento: |
131(12.1.16.3) Tasa de Seguridad y Defensa Civil del Ejercicio Afectada Bomberos. |
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Clase: |
5.1.7.0 |
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Descripción de Clase: |
Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro |
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Importe: |
$ 7.000.000,00.- (Pagadero en 2 cuotas de $1.166.666,66 y la segunda de $5.833.333, 34 a partir de enero 2025) |
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería y Secretaría de Hacienda y Finanzas; cúmplase y archívese.