Boletines/General Villegas

Decreto Nº324/25

Decreto Nº 324/25

Publicado en versión extractada

General Villegas, 19/02/2025

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 11062/24, correspondientes al Concurso de Precios Nº 40/24 destinado a la “Provisión y colocación de carpintería de aluminio y tabiquería divisoria – Grupo sanitario y deposito en galpón edificio Ex Molino Fénix” autorizado por Decreto N° 2027/24; y

CONSIDERANDO:

Que el Secretario de Obras y Servicios Públicos a fojas 97, informa que se procedió a dar conformidad al Acta de Recepción Provisoria de los trabajos pertenecientes al concurso mencionado, con fecha 3 de febrero de 2025 y que debería procederse a la devolución de las garantías aportadas por el señor Miguel Oscar Mansilla.

Que, de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de referencia, se deberá proceder conforme a lo solicitado.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 99.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Dése por recibida provisoriamente la totalidad de los trabajos correspondientes al Concurso de Precios Nº 40/24 destinado a la obra “Provisión y colocación de carpintería de aluminio y tabiquería divisoria – Grupo sanitario y deposito en galpón edificio Ex Molino Fénix”, según Acta del día 3 de febrero de 2025, firmada entre la Secretaria de Obras Públicas en representación de la Municipalidad de General Villegas y el adjudicatario Miguel Oscar Mansilla, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 11062/24.

ARTÍCULO SEGUNDO: Devuélvase al señor Miguel Oscar Mansilla la garantía aportada en el Concurso mencionado, según el siguiente detalle:

Dinero en efectivo aportado en garantía por sustitución de fondo de reparo:

  • Certificado Nº 1: $ 145.000,00
  • Certificado Nº 2: $ 80.000,00
  • Certificado Nº 3: $ 63.955,00
  • Certificado Nº 4: $ 90.895,00

ARTÍCULO TERCERO: La devolución mencionada en el Artículo anterior, deberá ser imputada con cargo a la siguiente Partida:

71001 - Depósitos en Garantía

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras Públicas, Contaduría, Tesorería y Compras; cúmplase y archívese.