Boletines/General Lavalle

Ordenanza Nº2720

Ordenanza Nº 2720

General Lavalle, 26/05/2025

VISTO:

            La Ordenanza N° 2100/2017; y

CONSIDERANDO:

            Que, por dicha Ordenanza Municipal y en el marco de la Ley Nacional 26.691, se han determinado  SITIOS DE LA MEMORIA dentro del Municipio de General Lavalle;

            El artículo 4 de la precitada ordenanza determina entre otros, que la Plazoleta de la Memoria se instalará en la Manzana N° 29, lindera al cementerio, sugiriendo que dicho lugar tenga, entre otros, paneles informativos sobre la biografía de los exhumados y los hechos que posibilitaron su identificación;

            Recordando que, el 24 de marzo de 1976 en nuestro país, representantes de las tres fuerzas armadas, produjeron la ruptura del orden institucional, instaurando una dictadura cívico-militar autodenominada “Proceso de Reorganización Nacional”;

            Sistemáticamente el estado de derecho había sido reemplazado por el terrorismo de Estado y que en dicho marco, funcionaron diversos centros de detención ilegal, maternidades clandestinas y lugares de entierros de cadáveres sin identificar a la largo y a lo ancho de todo el país, en clara violación de garantías constitucionales y derechos humanos;

            Una vez restaurado el sistema democrático y por iniciativa del Presidente Raúl Alfonsín, se inicia el histórico proceso y juicio a los integrantes de las juntas militares, siendo éste el primer proceso en contra de los comandantes militares por el asesinato masivo de personas, desde los Juicios de Nüremberg, el único en el mundo hecho por tribunales civiles;

            Que, el Dr. Julio Cesar Strassera (1933-2015), fue un abogado argentino, juez y fiscal, conocido por haber estado a cargo de la fiscalía en el juicio en el cual resultaron condenados por violaciones de los Derechos Humanos, los principales integrantes de las Juntas Militares que gobernaron la Argentina durante la dictadura autodenominada Proceso de Reorganización Nacional.

            El Dr. Strassera llevó a cabo la acusación a las juntas, asistido por Luis Gabriel Moreno Ocampo. El juicio se realizó entre el 22 de abril y el 14 de agosto de 1985. Se trataron 281 casos. En dicho juicio  realizó de viva voz la acusación pública contra los dictadores, que constituye un documento histórico y una pieza fundamental en la Defensa de los Derechos Humanos, cerrando su alegato con esta frase: “Señores Jueces: quiero renunciar expresamente a toda pretensión de originalidad para cerrar esta requisitoria. Quiero utilizar una frase que no me pertenece, porque pertenece ya a todo el pueblo argentino. Señores jueces: Nunca más.”

            El día 9 de diciembre se dictó la sentencia condenando a Jorge Rafael Videla y Eduardo Masera a reclusión perpetua, a Roberto Viola a 17 años de prisión, a Armando Lambruschini a 8 años de prisión y a Orlando Ramón Agosti a 4 años de prisión. Por las características que tuvo, la condena a las juntas Militares realizada por el gobierno democrático constituye un hecho sin precedente en el mundo, que contrastó fuerte con las transiciones negociadas que tuvieron lugar en aquellos años en Uruguay, Chile, Brasil, España, Paraguay, Portugal y Sudáfrica.

            Que, en este sentido, ha significativo en nuestro Distrito, la determinación del SITIO DE LA MEMORIA, para mantener vigente y vivos, no solamente los recuerdos y los testimonios, sino también para no olvidar la historia reciente de nuestro país y región.

            Que en su artículo 2° la Ordenanza precitada prevé que el Municipio arbitrará los medios para la preservación, la señalización y la difusión de los Sitios de la Memoria.

            Que, en el artículo 8° inc. c, se le sugiere al Departamento Ejecutivo coordinar programas, actividades y acciones comprendidas con el espíritu de la ordenanza de referencia.

            Que, de la misma manera es importante mantener viva la memoria de aquellas personas que resultaron indispensables y determinantes en aquellos momentos históricos;

            Que, el 24 de marzo de 2025 y con motivo de celebrarse un nuevo aniversario del día de la Memoria por la Verdad y la Justicia,  sería un innegable reconocimiento designar con el nombre de Dr. JULIO CESAR STRASSERA el SITIO DE LA MEMORIA de General Lavalle.

ORDENANZA

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante De General Lavalle, en uso de sus atribuciones, dicta con carácter de:

ORDENANZA Nº 2720/2025

Artículo 1°.- DESIGNASE el SITIO DE LA MEMORIA creado por la Ordenanza N° 2100/2017 con el nombre de “Paseo de la Memoria Dr. Julio Cesar Strassera”

Artículo 2°.-  EMPLAZASE en la chacra n° 29 contigua al cementerio el panel alegórico, motivo de la presente ordenanza y reconocimiento.

Artículo 3°.-  ESTABLEZCASE la fecha 24 de marzo de 2025 para llevar a cabo dicho reconocimiento.

Artículo 4°.-  FACULTASE a la Secretaría de Cultura para arbitrar los medios conducentes a dichos fines y efectos.

Artículo 5°.-  COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo, a la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, al Archivo Nacional de la Memoria, a la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, a la Junta Historiadores de General Lavalle, para su conocimiento y efecto.

Artículo 6°.-  Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para conocimiento y efecto.-

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Lavalle, a los  21 días del mes de mayo del año 2025, en Sesión Ordinaria. Firman: José Luciano García, Presidente;  Carla O. Tellechea, Secretaria.