Boletines/Patagones

Decreto Nº834

Decreto Nº 834

Patagones, 16/05/2025

Visto

     El Expediente Nº 4084 – 524/25, y.-

Considerando

                   Que, por el mismo tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la ASOCIACION CENTRO EDUCATIVO PARA LA PRODUCCION TOTAL Nº 23 – IGARZABAL (A.C.E.P.T Nº 23), Entidad de Bien Público inscripta bajo Nº 477, por la suma de Pesos TRESCIENTOS MIL ($300.000,00), para solventar gastos de compra de elementos para dicha Institución.-

                   Que, a fojas 02 obra Nota de solicitud de dicho subsidio con autorización del Señor Intendente Municipal al pie de la misma.-

                  Que, ha tomado debida intervención la Secretaria de Gobierno a Fojas 09, la Secretaria de Hacienda a fojas 06 vta. y la Contaduría Municipal a fojas 10.-

             Que, el presente trámite se encuadra en lo previsto en el Artículo 276° de la Ley Orgánica de Municipalidades y Artículos 50°, 51° y concordantes del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY.-

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Autorizase a la Contaduría Municipal a librar Orden de Pago a favor de la ASOCIACION CENTRO EDUCATIVO PARA LA PRODUCCION TOTAL Nº 23 – IGARZABAL (A.C.E.P.T Nº 23), Entidad de Bien Público inscripta bajo Nº 477, por la suma de Pesos TRESCIENTOS MIL ($300.000,00), para solventar gastos de compra de elementos para dicha Institución.-

ARTICULO 2º: Impútese a Jurisdicción 1110110000 – Programa 18.00.00 – Partida Gasto 5.1.5.0 – Fuente de Financiamiento 132 – Recurso 11.9.15.00, del Presupuesto de Gastos Vigentes.-

ARTICULO 3º: El presente subsidio se otorga con cargo de Rendición de Cuentas de acuerdo a lo establecido en los Artículos 50º, 51º y concordantes del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 4º: El  presente  Decreto  será  refrendado  por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-

ARTICULO 5º: Cúmplase, regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal y procédase a su archivo.-

 

INTENDENTE MUNICIPAL              

Sr. RICARDO MARINO