Boletines/Coronel Rosales

Resolución Nº105

Resolución Nº 105

Coronel Rosales, 24/04/2025

Visto

La necesidad de ampliar los derechos de las personas con discapacidad, a los efectos de asegurar su plena inclusión y participación en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás; y

Considerando

Que, los programas de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) son cruciales para mejorar la calidad de vida y la plena inserción social de las personas con discapacidad;

Que, el pasado 14 de marzo desde la Agencia Nacional Discapacidad (ANDIS), a través de la Resolución 819/2025 se estableció la fecha de apertura para la presentación de proyectos de los Programas para Personas con Discapacidad en el marco de la FONADIS (Fondo Nacional para la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad);

  Que, el mencionado fondo que opera bajo la órbita de la Agencia Nacional Discapacidad ANDIS, tiene como objetivo financiar proyectos y programas que promueven la inclusión, participación y autonomía de las personas con discapacidad;

Que, por medio de la citada Resolución se aprobaron tres programas que buscan promover la igualdad de oportunidades, el acceso a derechos, la autonomía y la participación social, mejorando así la calidad de vida de las personas con discapacidad;

Que los programas son: “Programa de Apoyos Técnicos para Personas con Discapacidad”, “Programa de Apoyo a Emprendedores con Discapacidad” y “Programa de Fortalecimiento de Establecimientos Comerciales que empleen Personas con Discapacidad”;

Que, el Programa de Apoyos Técnicos para Personas con Discapacidad favorece el acceso a productos de apoyo utilizados por o para las personas con discapacidad a fin de facilitar el desarrollo de las actividades de la vida diaria, mejorar la autonomía personal y la calidad de vida. Se consideran “productos de apoyo” a todos aquellos dispositivos, equipos, instrumentos o software disponibles en el mercado, que tengan relación directa el tipo de discapacidad de la persona solicitante;

Que la inscripción al programa comienza el 18 de abril y va a estar abierta todo el año;

Que, el Programa de Apoyo a Emprendedores con Discapacidad está destinado a emprendedores con discapacidad y que necesiten apoyo económico para llevar adelante un emprendimiento productivo. Este programa está diseñado para apoyar económicamente a emprendedores con discapacidad, fortaleciendo iniciativas productivas que promuevan su autonomía y desarrollo profesional;

Que la inscripción al programa comienza el 18 de abril y va a estar abierta hasta el 18 de mayo;

Que, finalmente y en el caso del Programa de Fortalecimiento de Establecimientos Comerciales que empleen Personas con Discapacidad, se trata de un programa que promueve el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás, mediante el apoyo económico a establecimientos comerciales que las empleen de manera formal. Se busca así brindar apoyo económico para el pago de cargas sociales, a establecimientos que se encuentren en actividad y para la compra de insumos para producir bienes directamente vinculados con el servicio comercial. A su vez, para la creación de nuevos establecimientos comerciales, se financiará la compra de equipamiento e insumos para producir bienes directamente vinculados con el servicio comercial;

Que la inscripción al programa comienza el 18 de abril y va a estar abierta hasta el 18 de mayo;

POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES RESUELVE

Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige a la Agencia Nacional de Discapacidad ANDIS para solicitarle mayor precisión respecto a los requisitos de acceso a los siguientes programas: “Programa de Apoyos Técnicos para Personas con Discapacidad”, “Programa de Apoyo a Emprendedores con Discapacidad” y “Programa de Fortalecimiento de Establecimientos Comerciales que empleen Personas con Discapacidad”, ampliando lo que está publicado en la página web oficial.-

Artículo 2º: Remítase copia de la presente al Intendente Municipal y a la Secretaria de Desarrollo con el fin de su toma de conocimiento y posterior adhesión a estos programas o en su defecto remitan las gestiones efectuadas para concretar las políticas referidas a los fines del conocimiento de esta sede.-

Artículo 3º: Vistos y considerandos forman parte de la presente.-

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

Firmado Pablo Ariel Gómez Presidente

Pablo Daniel Zaragoza Secretario Legislativo