Boletines/Coronel Rosales
Resolución Nº 97
Coronel Rosales, 10/04/2025
Visto
La delicada realidad que viven los jubilados que cobran los haberes mínimos recibiendo el beneficio del bono adicional; y
Considerando
Que luego del veto del Presidente Javier Milei, el pasado 2 de septiembre de 2024, a los cambios de la ley de Movilidad Jubilatoria presentada por el Congreso; sigue rigiendo el DNU de Abril del pasado año donde los haberes previsionales son actualizados todos los meses de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) es decir, el índice inflacionario devengado mes a mes y determinado por el INDEC;
Que hace exactamente un año atrás se vienen otorgando como beneficio extra un bono fijo de $70.000 para aquellos que cobren la mínima, además el mismo será percibido de forma decreciente por aquellos que cobren menos de $355.820, es decir el valor de la mínima más el bono mencionado, aunque en esos casos recibirán la diferencia entre sus haberes y dicho tope;
Que en términos reales, el bono registra desde marzo de 2024 una caída de 36,14% de su poder de compra considerando la inflación, teniendo que ser en Abril del corriente año un total de $ 109.593;
Que las jubilaciones mínimas aumentaran un 2,4% en el corriente mes, en línea con la inflación devengada del mes de febrero, de esta manera, las jubilaciones mínimas con bonos se ubicaron en términos reales (descontando la inflación) en un 4% por debajo a noviembre del 2023 bajo la anterior formula de Movilidad;
Que respecto a las jubilaciones que se encuentran por encima de la mínima, sin el beneficio adicional de bono, se ubican un 9.7% real por encima de noviembre de 2023 y un 15.9% interanual. Es decir que la diferencia con las jubilaciones mínimas reside en el efecto que tiene el congelamiento del bono en el haber final;
Que el titular de la ANSES, Abog. Mariano de los Heros, se refirió al bono de 70 mil pesos que cobran de 5 millones de jubilados y pensionados: “Es una medida extraordinaria dirigida principalmente a quienes accedieron a jubilaciones a través de las moratorias, donde muchos de los cuales no han realizado aportes significativos al sistema”. Dicha afirmación es ambigua, ya que muchos de los jubilados que perciben la mínima han aportado por una cantidad más que considerable a pesar de no llegar a la cantidad solicitada por el sistema previsional;
Que es imperativo que se tomen las medidas concretas que garantice cierta estabilidad y previsibilidad para aquellos jubilados de la mínima, siendo los más perjudicados por esta nueva fórmula de movilidad jubilatoria;
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES RESUELVE
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige al Ejecutivo Nacional para que tenga en consideración la indexación con el índice inflacionario desde abril de 2024 al bono correspondiente para todo aquel beneficiario de jubilación o pensión que cobre la mínima.-
Artículo 2º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige a la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Nación elevando a consideración la indexación con el índice inflacionario desde abril de 2024 al bono correspondiente para todo aquel beneficiario de jubilación o pensión que cobre la mínima.-
Artículo 3º: Remítase copia digital y/o formato papel, de la presente Resolución a todos los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 4°: Visto y Considerandos forman parte de la presente.-
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
Firmado Pablo Ariel Gómez Presidente
Pablo Daniel Zaragoza Secretario Legislativo