Boletines/Las Flores
Ordenanza Nº 3085/18
Las Flores, 16/08/2018
ORDENANZA
ORDENANZA 3085/18
Visto:
La solicitud de la Asociación de Soldados Florenses Movilizados por Malvinas que estuvieron bajo bandera durante el conflicto bélico, de eximición de la Tasa de ABL, y;
Considerando:
Que la mencionada asociación solicito la eximición de la tasa de abl municipal a todos aquellos soldados que estuvieron bajo banderadurante el conflicto bélico por la recuperación de las Islas Malvinas
Que efectivamente el Concejo Deliberante percibe la posibilidad concreta de eximición de la tasa de abl así como también de otras tasas y derechos, según los casos.
Que con estos beneficios se pretende reconocer el patriotismo también de estos soldados de la ciudad de Las Flores que estuvieron el honor de defender nuestra bandera.
Por ello
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS FLORES APRUEBA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímase del pago de la tasa por Alumbrado, Barrido y Limpieza y Conservación de la Vía Publica, a los soldados florenses movilizados,propietarios de un inmueble o cónyuge, en caso de que el inmueble no se encuentre a nombre del beneficiario.
Art. 2°: Exímase a soldados florenses movilizados que no posean bienes inmuebles a su nombre ni de su cónyuge del pago de las siguientes tasas y derechos de la Ordenanza Impositiva vigente: tasa por servicios especiales de limpieza e higiene (Capitulo II); Tasa por habilitación de comercio e industria ( Capitulo III); Derechos por venta ambulante (Capítulo VI); Derechos de Oficina (Capitulo VIII); Patentes y rodados (Capitulo XII); Tasa por servicios varios (Capitulo XVI, Art. 141°, inc. 1° y 2°).
Art. 3°: Para ser partícipes de los beneficios descriptos en los artículos precedentes, los soldados movilizados deberán inscribirse en el registro creado por Ordenanza 2475/11.
Art. 4°:Comuníquese al DE y dese al Registro Oficial del HCD
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE LA CIUDAD DE LAS FLORES A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
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Abg. Julia Giosa Secretaria |
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Prof. Federico Alejandro Presidente |
Corresponde Ordenanza Nº 3085/18.-
PROMULGADA POR DECRETO Nº 1361 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE FECHA 16 DE AGOSTO DE 2018.-
Dr. DARDO JORGE AMETRANO Esc. RAMON CANOSA
Secretario de Gobierno Interino Intendente Municipal
PUBLICADA: 28 DE AGOSTO DE 2018.-