Boletines/Rivadavia

Ordenanza Nº4844/2025

Ordenanza Nº 4844/2025

Rivadavia, 06/05/2025

VISTO:

La inminente implementación del sistema de Boleta Única de Papel para la elección de cargos nacionales y la no concurrencia del proceso electoral en la Provincia de Buenos Aires,

Y CONSIDERANDO:

                    Que el sistema de Boleta Única de Papel (BUP) representa un cambio sustancial en la forma de votar para los electores de la Provincia, quienes nunca han utilizado dicho formato;

                    Que la Provincia de Buenos Aires seguirá sosteniendo el tradicional sistema de “boleta sabana”, para la elección de cargos provinciales y municipales. Sumado al desdoblamiento de las elecciones respecto a las nacionales, por lo que los vecinos de Rivadavia deberán votar en distintas fechas, bajo diferentes modalidades y para diferentes cargos;

                    Que al llevarse adelante la implementación de dos sistemas diferentes, en fechas diferentes, y donde se disputan categorías diferentes, pueden generar confusión en el electorado;

                    Que la educación y la capacitación son fundamentales para la construcción de una ciudadanía plena, haciendo fundamental coordinar acciones para la formación del vecino;

                    Que es fundamental contribuir a capacitar a la ciudadanía en este nuevo sistema y en el cronograma electoral de este año en curso. para que pueda realmente manifestar su voluntad en las urnas, pudiendo responder a ¿Qué se vota?; ¿Cuándo se vota?; ¿Cómo se vota?, evitando el surgimiento de dudas a la hora de sufragar;

                    Que el Honorable Concejo Deliberante, es el órgano político por excelencia a nivel local, y cuenta con la capacidad de llevar adelante dicha capacitación, pudiendo trabajar de forma coordinada con las instituciones educativas, y realizar charlas abiertas a la comunidad;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.-  Impleméntese el programa de formación ciudadana denominado “Votá Consciente”, con el objetivo de capacitar a la comunidad del Partido de Rivadavia en el uso de la Boleta Única de Papel (B.U.P.) y en el conocimiento del cronograma electoral correspondiente al presente año.

ARTÍCULO 2- Invitesé a la Jefatura Distrital de Rivadavia y la Inspección de Nivel Secundario, y por su intermedio a las instituciones educativas de nivel secundario y superior; y a la comunidad en general; a participar del programa “Votá Consciente”, a fin de promover acciones conjuntas de formación para electores, en especial para quienes votan por primera vez.

ARTÍCULO 3- Establézcase que el Honorable Concejo Deliberante organizará charlas abiertas a la comunidad y coordinará actividades institucionales en escuelas y el recinto para la efectiva implementación del programa.

ARTÍCULO 3-  Comuníquese, regístrese, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA A SEIS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. ------------------------------------------------------------------------

 

YAMILA ZAIN

 

 

JORGE PABLO ROSOLEN

Secretaria

 

 

Presidente

Honorable Concejo Deliberante

 

 

Honorable Concejo Deliberante

REF: Expte Nº 37/2025

 

 

 

 

               

 

Promulgada por Decreto Nº 577/2025