Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 22098
Bahia Blanca, 22/05/2025
VISTO
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 572 del expediente 416R-444-2023, referido al pago de la Factura nº 00007-000000513, por un monto de OCHOCIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS PESOS CON VEINTIDÓS CENTAVOS ($860.823,22) de la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L.
Y CONSIDERANDO:
Que dicha factura corresponde al pago del Certificado 21 (Final) de la obra: “AMPLIACIÓN Y REFACCIONES COMISARIA PRIMERA”; de fojas 545 a 571 se incorpora copia fiel del expedientillo nº 416R-444-2023-22, mediante el cual se tramita el pago referido.
Que la obra mencionada fue adjudicada a la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L., por Decreto nº 97/2023 con fecha 16 de enero de 2023, con orden de compra nº 287/2023 y registro de compromiso nº 2061.
Que a fojas 28 del expedientillo 416R-444-2023-22, la Sra. Contadora General informa que dicho gasto correspondiente al ejercicio económico 2023 no se encuentra contemplado, por lo que no está incluido en la Deuda Flotante.
Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Contabilidad y el artículo 54 del Decreto Provincial 2980, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º – Autorízase al Departamento Ejecutivo a registrar la deuda y efectuar el pago a través de Contaduría General de la Factura nº 00007 – 000000513, por un monto total de OCHOCIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS
VEINTITRÉS PESOS CON VEINTIDÓS CENTAVOS ($860.823,22) a la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L., en concepto del pago del Certificado
21 (Final) de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIONES COMISARÍA PRIMERA”, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente nº 416R-7583-2022 c/416R-444-2023.
Artículo 2º – El gasto que demande ,lo dispuesto en el artículo 1º correspondía en su año de origen a la Partida 5.4.6.0, Categoría Programática 70.01.00, Fuente de Financiamiento 132, Jurisdicción 1110105000 del Presupuesto de Gastos del año 2023; deberá imputarse en la deuda flotante del Presupuesto de Gastos del ejercicio vigente.
Artículo 3º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO