Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 855
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 04/04/2025
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Definitiva del anticipo financiero, certificados N°1, N°2, N°3, N°4 , N°5 y N° 1 ampliatorio, de la obra: "PAVIMENTACIÓN INTERSECCIÓN EN CALLES PEDRO PICO Y MOSCONI”, ejecutada por la empresa INGENIERO JOSE MARIA POGGIO S.R.L. y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 el Departamento Vialidad informa que por Ordenanza N°20986, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto N°290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contratos de obras públicas.
Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados en forma Definitiva del anticipo financiero, certificados N°1, N°2, N°3, N°4 , N°5 y N° 1 ampliatorio, para la obra a cargo de la Empresa INGENIERO JOSE MARIA POGGIO S.R.L., cuya Fecha de licitación fue el 28 de Febrero de 2023 , la Fecha de Contrato fue el 23/03/2023.-
Se analiza la variación de precios de la obra considerando como mes base Febrero de 2023, correspondiente a la fecha de apertura de la licitación.
Que en el caso del certificado redeterminado del Anticipo Financiero; el mes de Facturación fue Abril 2023, el mes corte fue Abril 2023, con un importe de redeterminación provisoria de $623.463,09, con una redeterminación definitiva de $624.666,51 y una diferencia de $1.203,42; del certificado N°1,el mes de ejecución fue Abril 2023, el mes de corte fue Abril 2023 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con un importe de la redeterminación provisoria de $247.371,75, con una redeterminación definitiva de $247.849,23 y una diferencia de $477,48; del certificado N°2, el mes de ejecución fue Mayo 2023, el mes de corte fue Mayo 2023 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con un importe de la redeterminación provisoria de $633.996,56, con una redeterminación definitiva de $634.568,33 y una diferencia de $571,77; del certificado N°3, el mes de ejecución fue Junio 2023, el mes de corte fue Junio 2023 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con un importe de la redeterminación provisoria de $1.006.177,45, con una redeterminación definitiva de $1.006.579,60 y una diferencia de $402,15; del certificado N°4, el mes de ejecución fue Julio 2023, el mes de corte fue Julio 2023 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con un importe de la redeterminación provisoria de $1.417.014,30, con una redeterminación definitiva de $1.987.897,77 y una diferencia de $570.883,47; del certificado N°5, el mes de ejecución fue Agosto 2023, el mes de corte fue Agosto 2023 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con un importe de la redeterminación provisoria de $3.611.749, con una redeterminación definitiva de $3.621.128,30 y una diferencia de $9.379,30; N° 1 Ampliación, el mes de ejecución fue Septiembre 2023, el mes de corte fue Septiembre 2023, con una redeterminación definitiva de $872.207,59; El resultado arroja un total a abonar de $1.455.125,18.-
Que el Departamento Vialidad sugiere que la Redeterminación deberá abonarse por un monto de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTICINCO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($1.455.125,18), de lo que deberá descontarse $72.756,25 en concepto de 5% por garantía de Fondo de Reparo.
Que así mismo, la Oficina Técnica considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su refrende.
Que a fojas 45/46 obra proyecto de Acta Acuerdo, que se encuentra con el visto bueno de la Abogada de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a fs 48, dando cumplimiento a lo establecido por el art. 18° y 19° de la Ordenanza N°20986. Este procedimiento se encuentra plasmado en los artículos 20°, 21° y 22° de la normativa nombrada.
Que a través de dicho Acta Acuerdo obrante a fojas 51/52 ambas partes convienen, los precios redeterminados que constan en el Anexo I para la obra motivo de las presentes actuaciones.-
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalidar el procedimiento de redeterminación de precios definitiva de la obra: "PAVIMENTACIÓN INTERSECCIÓN EN CALLES PEDRO PICO Y MOSCONI”, correspondiente al anticipo financiero, certificados N°1, N°2, N°3, N°4 , N°5 y N° 1 ampliatorio, por un monto total del contrato de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($37.085.729,33), conforme el Acta Acuerdo y su Anexo I obrante a fojas 51/52 del presente expediente y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 22º de la ordenanza N°20.986.-
ARTICULO 2°: Abonar el monto de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTICINCO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($1.455.125,18), correspondiente a la diferencia de los cálculos finales de la redeterminación de precios definitiva del anticipo financiero, certificados N°1, N°2, N°3, N°4 , N°5 y N° 1 ampliatorio de la obra: "PAVIMENTACIÓN INTERSECCIÓN EN CALLES PEDRO PICO Y MOSCONI”, en un todo de acuerdo con la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo y su Anexo I, obrante a fojas 51/52, considerandos y antecedentes obrantes en expediente Nº 417R-244-2025.-
ARTÍCULO 3º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía
ARTÍCULO 5º: Cúmplase, publíquese; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la orden de compra correspondiente, notifíquese a la firma INGENIERO JOSE MARIA POGGIO S.R.L. por intermedio del Departamento Vialidad, tome conocimiento el citado Departamento e incorporar copia del presente decreto al expediente de obra Nº417R-304-2023. Cumplido; ARCHÍVESE.-