Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 14290/2025
Quilmes, 03/06/2025
VISTO: el Expediente Nº 4091-13678-S-2016; y
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente·. referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 14.290/2025 en la Sesión Ordinaria del día 27 de Mayo del 2025, cuyo texto expresa:
VISTO:
El Expediente Nº 4091-13678-:S-2016. Ref.: Venta del Inmueble Fiscal, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 obra solicitud de adquisición de Inmueble Fiscal de parte de González Fermina Flora titular de DNI N 14.607.015 donde también expresa el cumplimiento de lo requerido por la Ordenanza Nº 5397/ 85 y Decreto Nº 3461/85.
Que, dada la intervención de la Subdirección de Catastro se adjunta la valuación fiscal del inmueble con fecha 15 de Marzo de 2024 donde se informa que la valuación corresponde a $ 446.600 (pesos cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos).
Que a fs. 63 y 64 obra dictamen de la Subsecretaría Asesoría Letrada no encontrando objeciones jurídicas al proyecto de Ordenanza.
Que, la presente se enmarca en el Artículo 56° del Decreto Ley Nº 6769/58 y modificatorias Vigentes y la Ordenanza Nº 5397/85.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 14290/2025
ARTICULO 1°: AUTORIZASE la venta del inmueble fiscal, propiedad de la Municipalidad de Quilmes designado Catastralmente Circunscripción:II, Sección: Q, Manzana: 23, Parcela: 2 a favor de la adquirente González Fermina FIora DNI Nº' 14.607.015 por el monto de $ 446.600 (pesos cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos), el cual será actualizado de acuerdo a la valuación fiscal vigente al momento de la suscripción del convenio de pago.
ARTICULO 2°: AUTORIZASE a la Intendenta Municipal en su carácter de titular del Departamento Ejecutivo a suscribir la escritura traslativa de dominio del inmueble referido en el Artículo 1º.
ARTICULO 3°: Se deja constancia que se deberá observar lo indicado en el Artículo 8° de la Ordenanza Nº 5397/85 para el caso de que la venta se realice en cuotas, considerando que las mismas no deberán superar el 10% del ingreso de la jefa o jefe de familia.
ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
QUILMES, 27 de Mayo de 2025.
Fdo. FLORENCIA M. ESTECHE, Presidenta del H.C.D.
Dra. EDITH 9..LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto' Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14.290/2025, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 27 de Mayo de 2025.-
ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUES.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Decreto Nº 1687/2025.-