Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 0864/25
Mar Chiquita, 25/04/2025
Visto
El Expte. N° 153/25 y Decreto N° 0292/25;
Considerando
Que consta en el mismo, nota de la Secretaria de Discapacidad, donde solicita autorización para renovar la ayuda económica a la Sra. Chaves Iris Evangelina, D.N.I. N° 46.436.051, domiciliada en calle Mariani N° 336 de la localidad de Coronel Vidal, para afrontar los gastos del alquiler de una silla de ruedas por el termino de 6 (seis) meses, debido a que a causa de un accidente de tránsito sufrió múltiples lesiones, entre ellas, una fractura en cadera izquierda;
Que, como fuera expresado mediante el Decreto N° 0292/25, a causa de su diagnóstico, debe ser intervenida quirúrgicamente, encontrándose aún a la espera del arribo de la prótesis correspondiente, siendo la sillas de ruedas solicitada una herramienta para una mejor calidad de vida y movilidad mientras espera su operación, conforme indica su médico profesional tratante;
Que la Sra. Cheves y su grupo familiar no cuenta con recursos económicos para afrontar dicho gasto;
Que el Servicio Social de la Municipalidad se ha expedido de manera favorable respaldando el otorgamiento de esta asistencia por parte del Municipio;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: RENUEVASE, a la Sra. Chaves Iris Evangelina, D.N.I. N° 46.436.051, el subsidio mensual de PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000,00) a fin de solventar los gastos que demande el pago del alquiler de una silla de ruedas, a partir del día 30 de abril del corriente y por el termino de 6 (seis) meses, de acuerdo a lo especificado en los Considerandos del presente.
ARTICULO 2º: NOTIFICAR, a la Sra. Chaves Iris Evangelina que deberá presentar a la Contaduría Municipal, la documentación correspondiente a efectos de la rendición de cuentas requerida.
ARTICULO 3º: El gasto ordenado en el Artículo 1° será imputado a la Jurisdicción 1110144000 Secretaria de Discapacidad – Unidad Ejecutora 74 - Categoría Programática 01.00.00 – Partida 5.1.4.0.- Fuente de Financiamiento 110.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Discapacidad Sra. Selva Ofelia Lescano y por la Secretaria de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera.
ARTICULO 5°: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dese al Registro Oficial.