Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 0803/25
Mar Chiquita, 15/04/2025
Visto
La solicitud efectuada por el Secretario de Cultura y Educación a efectos de que se declaren de Interés Municipal las actividades a realizarse por la “FIESTA REGIONAL DEL TEATRO INDEPENDINETE 2025 – REGIÓN 10”; y
Considerando
Que, el Centro Cultural de Mar Chiquita será sede de la Fiesta Regional del Teatro Independiente, un evento que reunirá a 12 elencos teatrales provenientes de los municipios que integran la Región Cultural 10;
Que, el mismo está organizado por el Consejo Provincial de Teatro Independiente en conjunto con la Municipalidad de Mar Chiquita, la cual propone una celebración del arte escénico con entradas libres y gratuitas para todas las funciones;
Que mediante Disposición N° DISPO-2025-10-GDEBA-DTAYLICULGP de la Dirección Ejecutiva del Consejo Provincial de Teatro Independiente de la Provincia de Buenos Aires se le ha otorgado a la Municipalidad de Mar Chiquita una contribución económica de $4.000.000 destinados a solventar parte de los gastos que demande el citado evento;
Que, este encuentro busca poner en valor el talento regional y fortalecer el desarrollo de las artes escénicas locales, un jurado especializado seleccionará a dos elencos que representarán a la región en la próxima edición de la Fiesta Provincial del Teatro Independiente;
Que, el mismo tendrá lugar en el Centro Cultural Oscar Séstelo de Coronel Vidal, en el Cine Teatro Leonardo Favio y en el Teatro Poquelin de Santa Clara del Mar, los días 23 al 26 de abril del corriente año;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: DECLARASE, de INTERES MUNICIPAL las actividades a realizarse por la “FIESTA REGIONAL DEL TEATRO INDEPENDIENTE 2025 – REGIÓN 10” a realizarse los días 23 al 26 de abril del corriente año en las localidades de Coronel Vidal y Santa Clara del Mar, atento a los considerandos del presente.
ARTICULO 2º: AUTORIZASE, a abonar los gastos que demanden las actividades citadas en el Artículo 1º según el siguiente detalle:
ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Cultura y Educación Sr. German Gustavo Montes y por la Secretaria de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera.
ARTICULO 4°: COMUNÍQUESE, a quienes corresponda. Regístrese, publíquese y archívese.