Boletines/Campana

Decreto Nº242/25

Decreto Nº 242/25

Campana, 18/03/2025

Expediente Municipal N° 4016-41342-10-2017 Retiro Voluntario Sra. Melina Tamara MUGAS.

Visto

El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos Nº 0661/2017 (t.v.) y N° 184/2022 (t.v.) y el Expediente Municipal N° 401641342-10-2017; y

Considerando

Que obra solicitud mediante la cual la agente Sra. Melina Tamara MUGAS ha solicitado la adhesión al Régimen de Retiro Voluntario implementado para el personal de la Municipalidad del Partido de Campana mediante Decreto Nº 0661/2017 (t.v.), con arreglo a lo determinado en el artículo 98 de la Ley Provincial Nº 14.656.

Que la nombrada agente, a través del Acta Acuerdo celebrada entre el mismo y este Municipio, ratificó ante la Delegación Regional de Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, su voluntad de rescindir el Contrato de Trabajo que mantiene con esta Comuna, desde la fecha de firma del acta.

Que, según las Cláusulas Primera y Segunda de dicha Acta, se ha llegado a acordar que la Municipalidad le otorgaría la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL NOVECIENTOS CUATRO CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 4.423.904,46.-) a abonar en dos pagos de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON VEINTITRES CENTAVOS ($ 2.211.952,23.-) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de  Buenos Aires a realizarse los días 28 de marzo y 28 de abril, ambos correspondientes al año 2025.

Que, por realizarse el pago a través de la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, se debe depositar el nueve por ciento (9 %) de la suma indemnizatoria en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Que a tal fin se informa la afectación presupuestaria que se debe asignar a la erogación, contando con el aval de la Secretaría de Economía y Hacienda.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.). Asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase con retroactividad al 11 de febrero de 2025, el Retiro Voluntario solicitado por la Sra. Melina Tamara MUGAS (D.N.I. Nº 36.881.589), legajo personal Nº 6843, quien  revistaba como Técnica Administrativa IV (Enfermera) – Clase IV- Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Enfermería de los Centros de Atención Primaria de la Salud, Dirección de Salud Comunitaria de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaría de Salud, Secretaría de Salud, Secretaría General de Políticas Sociales y  Productivas, Jefatura de Gabinete.

ARTÍCULO 2°.- Concédese en virtud de lo previsto en la Cláusula 1º del Acta  Acuerdo celebrada el 11 de febrero de 2025 entre la Sra. Melina Tamara MUGAS y este Municipio, con carácter de única y total indemnización, la suma total convenida que asciende a PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL NOVECIENTOS CUATRO CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 4.423.904,46.) a abonar en dos pagos de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON VEINTITRES CENTAVOS ($ 2.211.952,23.-) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de  Buenos Aires a realizarse  los días 28 de marzo y 28 de abril, ambos correspondientes al año 2025.-

ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires, el nueve por ciento (9%) de la suma mencionada en el artículo 2º, en concepto de arancel por la actuación administrativa realizada por la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de la celebración del Convenio arribado entre el agente mencionado en el artículo 1º y este Municipio.-

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110105000 – Secretaria de Salud, del Presupuesto General de Gastos para el año 2025.-

ARTÍCULO 5°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese y archívese.-