Boletines/Adolfo Alsina

Decreto Nº366/25

Decreto Nº 366/25

Adolfo Alsina, 14/02/2025

Visto

 El Expediente Nº: 4001-0305/25, mediante el cual el delegado de la COMISIÓN DE FUTBOL DE BARRIOS de Carhué, solicita autorización para poner en circulación una rifa; y

Considerando

Que la misma reúne las condiciones, cumplimentando los requisitos exigidos por la Ordenanza Ordenanza Nº: 4352/18;

El Intendente Municipal del partido de Adolfo Alsina en uso de las atribuciones que le son propias, D E C R E T A :

Art. 1º - Autorízase a la COMISIÓN DE FUTBOL DE BARRIOS de Carhué, a poner en circulación una rifa, que constará de cien (100) boletas de un (1) número cada una, al valor  unitario de PESOS CIEN MIL ($100.000,00), a sortearse por la Quiniela Nocturna de la Provincia de Buenos Aires, con los premios que se detallan a continuación, a saber:
Premios Mensuales: desde el mes de marzo a noviembre de 2025.
1º Premio: La suma de $120.000,00.-
2º Premio: La suma de $80.000,00.-

Premios Finales: última jugada del mes de diciembre de 2025.
1º Premio: La suma de $1.600.000,00.-
2º Premio: La suma de $1.000.000,00.-                                                                        3º Premio: La suma de $600.000,00.-

Art. 2º - La entidad organizadora deberá publicar en diario y/o periódico de la localidad, y/o radiofonía, y/o televisión, en forma veraz y suficiente, la rifa organizada y autorizada, en particular fecha del sorteo y Lotería por la que se juega; premios a entregar; lugar y fecha de entrega de los mismos.-

Art. 3º - El incumplimiento por parte de la institución organizadora a cualquiera de las normas establecidas en la Ordenanza Nº: 4352/18, dará lugar a la aplicación de sanciones que consistirán en inhabilitación de dos (2) a diez (10) años para emitir rifas.-

Art. 4º - La Entidad solicitante deberá manifestar el destino que dará a los fondos que se recauden, y dentro de los treinta (30) días de realizado el sorteo, deberá informar por escrito sobre la utilización de los fondos y el plazo previsto.-

Art. 5º - La autorización que se concede queda sujeta a las disposiciones de la Ordenanza Nº: 4352/18.-

Art. 6º - Comuníquese con copia a la institución interesada, Comisaría local, publíquese, tomen razón las oficinas respectivas y dése al Libro de Decretos.-

Fdo: “Lic. Martín M. Gavio – Secretario de Gobierno Municipalidad de Adolfo Alsina, Lic. Javier Andres – Intendente Municipalidad de Adolfo Alsina”