Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº74

Resolución Nº 74

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 22/05/2025

Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la firma Espacios para mascotas S.R.L., solicita factibilidad para el desarrollo del uso "Venta al por mayor de alimentos balanceados para animales" en los inmuebles sito en calle Viamonte Nº 1651 y Castelli Nº 1652/54, y

CONSIDERANDO

Que a fs. 28, el Departamento Territorial informa que los inmuebles en cuestión se identifican catastralmente como: Circ.: I - Secc.: B - Mz.: 104 a - Parcela: 1 e - Partida: 72.044 y Circ.: I - Secc.: B - Mz.: 104 a - Parcela: 3 a - Partida: 15.872.

Que a fs. 32, el Departamento Planeamiento Urbano informa que dichos bienes pertenecen a las zonas Corredor Centro Barrial Castelli (CC3 Castelli) y Residencial Centro Bajo (RCb), según Ordenanza Nº 1624.

Que la zona CC3 se define como: "Reúne el equipamiento de las áreas comerciales, administrativas y de servicios orientados a ser Centros de Crecimiento barrial a consolidar en el tiempo" .

Que asimismo, la zona RCb se define como: "Residencia general donde la vivienda está asociada con los usos directamente vinculados a ella, tolerándose otros que por su tipo y magnitud, no desvirtúan el carácter predominante de la zona" .

Que la actividad solicitada se encuadra en "Comercio Mayorista con depósito de productos perecederos y no perecederos", uso: "Productos Veterinarios" con grado de molestia III, del cuadro Nº 4 "Clasificación de los Depósitos según molestias" y de acuerdo al cuadro Nº 5 "Clasificación Urbanística de los Depósitos" del Código de Planeamiento Urbano, el uso se encuentra permitido, siempre que se cumplan las siguientes restricciones: Superficie cubierta en m²: Hasta 300 m² - Máximo desarrollo sobre LM: 10 metros.

Que el mencionado Departamento agrega que según el artículo 9.2. del Código de Planeamiento Urbano, los depósitos deberán contar con la provisión de espacios adecuados para que las operaciones de carga y descarga se cumplan obligatoriamente dentro de la parcela y en forma de no afectar el tránsito en la vía pública, destinando una superficie no inferior a la que resulta de computar un espacio de 30 m² por cada camión que opera simultáneamente.

Que según los datos aportados por el Departamento Catastro Territorial se estarían superando ampliamente las restricciones de superficie cubierta para las zona CC3 y Rcb.

Que a fs. 34, el Subsecretario de Planeamiento Urbano informa que respecto a la provisión del espacio para carga y descarga, entiende que estaría resuelto (dentro de la parcela) al dejar el ingreso libre desde calle Viamonte hacia el inmueble donde se desarrolla la actividad sobre calle Castelli.

Que respecto a las restricciones de la zona, el mencionado Subsecretario entiende que podría otorgarse la factibilidad solicitada en el marco del artículo 1.1 del Código de Planeamiento Urbano como Uso Admisible Especial.

Que a fs. 35, la Secretaria de Planeamiento Urbano informa que coincide con lo indicado por el Subsecretario de Planeamiento Urbano precedentemente y se agrega que el Artículo 1.1 del Código de Planeamiento Urbano establece: "Uso admisible especial: Es aquel que, sin pertenecer a las categorías que abarcan los usos permitidos y/o complementarios, puede ser admitido por razones que justifiquen su localización bajo condiciones especiales...”.

Por todo lo expuesto, la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO, en uso de las facultades que le confiere en el Artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades

RESUELVE

PRIMERO: Otorgar, en el marco del Artículo 1.1 del Código de Planeamiento Urbano, factibilidad para el desarrollo del uso "Venta al por mayor de alimento balanceado para animales" en los inmuebles sito en calle Viamonte Nº 1651 y Castelli Nº 1652/54, identificados catastralmente como: Circ.: I - Secc.: B - Mz.: 104 a - Parcela: 1 e - Partida: 72.044 y Circ.: I - Secc.: B - Mz.: 104 a - Parcela: 3 a - Partida: 15.872, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente y a los antecedentes obrantes en el expediente 0/00-13191/2024.-

SEGUNDO: Cúmplase, publíquese, notifíquese, dése al R.O., Tomen conocimiento los Departamentos Territorial, Planeamiento Urbano, Habilitaciones y demás dependencias municipales que correspondan.-