Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº831

Decreto Nº 831

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 03/04/2025

Visto el informe elevado a fojas 2 por el Departamento Inspecciones Obras Viales y Servicios, referido a la ampliación del monto y plazo contractual de la obra: "PLAN DE PAVIMENTACIÓN VARIAS CALLES DEL PARTIDO DE BAHÍA BLANCA - ETAPA 2 - SECTOR 1A", adjudicada a la empresa CERRA Y MORO S.R.L., por Decreto Nº3701/2024, dictado en el Expediente Nº417R-8015-2024 y;

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Inspecciones Obras Viales y Servicios, informa que con el fin de cerrar circuitos hidráulicos para permitir el escurrimiento de las aguas de lluvia, de la obra de referencia, hacia el sumidero existente se deberá pavimentar la bocacalle de calles Libertad y Avenida 9 de Julio con hormigón de 0,18 cm de espesor. Teniendo cuenta que la obra específica la construcción de calle Libertad hasta los arranques de curva y dichos trabajos están a cargo de la empresa contratista.

Que la oficinas técnica sugiere una ampliación de obra por un monto de $14.771.067,44 que representa un 13,24% respecto al monto del contrato, siendo este, menor al 20% contractual y una ampliación de plazo de treinta (30) días a partir de la notificación de la orden de compra por parte de la contratista. Los valores que se consideraron son los de plaza en el momento de la licitación.

Por lo expuesto y atento a lo establecido en el artículo 146º de la Ley Orgánica de la Municipalidades, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Ampliase en un 13,24% lo que significa la suma de PESOS CATORCE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL SESENTA Y SIETE CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($14.771.067,44), el monto contractual de la obra: "PLAN DE PAVIMENTACIÓN VARIAS CALLES DEL PARTIDO DE BAHÍA BLANCA - ETAPA 2 - SECTOR 1A", adjudicada a la empresa CERRA Y MORO S.R.L., por Decreto Nº3701/2024, dictado en el Expediente Nº417R-8015-2024, en un todo de acuerdo a lo informado por los Departamentos Inspecciones Obras Viales y Servicios y Vialidad, en expediente 417R-873-2025.

ARTICULO 2°: Ampliase en TREINTA (30) días corridos el plazo contractual de la obra citada en el artículo primero, a partir del día  de la notificación de la orden de compra, en un todo de acuerdo a lo informado por los Departamento de Inspecciones Obras Viales y Servicios y Vialidad, y en las actuaciones obrantes en el presente expediente.

ARTÍCULO 3º: Previamente al inicio de los trabajos la empresa contratista deberá presentar en el Departamento Vialidad la garantía que avale el compromiso asumido en la ejecución de la presente ampliación, equivalente al 5% de monto indicado en el artículo 1º.

ARTÍCULO 4º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo primero deberá imputarse a la Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0, del Presupuesto de Gastos.-

ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-

ARTÍCULO 6º: Cúmplase, Publíquese, dése al R.O, Pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra.- Notifíquese a la Empresa interesada por intermedio del Departamento Inspecciones Obras Viales y Servicios. Tome conocimiento el citado Departamento; Cumplido, ARCHIVESE.-