Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 22093
Bahia Blanca, 22/05/2025
VISTO
El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 10 mediante el cual se acompaña el Convenio celebrado entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y la Municipalidad de Bahía Blanca, con el objeto de instrumentar la operatoria del subsidio destinado al desarrollo de políticas de colaboración con los municipios para proyectos de infraestructura que resulten de interés comunitario, destinada a financiar la ejecución del proyecto de obra municipal: “RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA – ETAPA 1”, suscripto el día 28 de abril de 2025; y
CONSIDERANDO
Que a fojas 2/4 obra ejemplar del convenio con el visado y la firma olográfica por parte del Intendente Municipal de Bahía Blanca y a fojas 5/8 obra ejemplar enviado con la firma digital por parte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, asignándole el número CONVENIO 2025-14452527-GDEBA-MIYSPGP.
Atento a ello, y siendo necesario la convalidación de dicho convenio, a fin de cumplimentar los requisitos exigidos por el Ministerio para el primer desembolso del convenio y contando con la imputación realizada por Contaduría General, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1° - Convalídase el Convenio suscripto el día 28 de abril de 2025, entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y la Municipalidad de Bahía Blanca, con el objeto de instrumentar la operatoria del subsidio destinado al desarrollo de políticas de colaboración con los municipios para proyectos de infraestructura que resulten de interés comunitario, destinado a financiar la ejecución del proyecto de obra municipal “RECONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA EN LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA - ETAPA 1”, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en expediente Nro. 410-3066-2025.
Artículo 2° - El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática 78.75.00, Gasto 4.2.2.0.
Artículo 3° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO.