Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1161

Decreto Nº 1161

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 20/05/2025

Visto estos actuados por los que se tramita la contratación directa Nº417R-2412-2025 para la ejecución de la obra: “RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA ETAPA 2 – SECTOR 3”, obra financiada mediante Convenio celebrado con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y enmarcada en el art. 132 inciso e) de la LOM y Decreto Municipal 394/2025, Decreto 6/2025 del Honorable Concejo Deliberante, Ordenanza Municipal Nº22.025, Decretos de la Provincia de Buenos Aires 316/2025 y 874/2025 y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 2/3 obra informe del Secretario de Obras y Servicios Públicos en el que señala: “La catástrofe climática ocurrida el día 7 de marzo en nuestra ciudad provocó el deterioro de numerosos sectores, especialmente en lo que respecta al estado de la infraestructura urbana. El panorama era desolador: podían observarse calles socavadas, inundadas, anegadas, pavimentos totalmente destruidos, entre otros daños. De manera inmediata, esta Secretaría contó con el apoyo permanente de la Provincia de Buenos Aires, en particular del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, a través de su titular, el ministro Gabriel Katopodis. El 10 de marzo comenzaron las mesas de trabajo con personal municipal, así como reuniones telefónicas y virtuales con empleados y funcionarios del Ministerio provincial.” (...) “Una comitiva de la Provincia de Buenos Aires, compuesta por técnicos y funcionarios del Ministerio, visitó la ciudad en cuatro oportunidades. En cada ocasión, junto con personal de esta Secretaría, realizó relevamientos en las zonas más afectadas.” (...) “Evaluamos prioridades, planificamos y comenzamos a ejecutar las acciones necesarias para mitigar las consecuencias del fenómeno mencionado, llevando adelante los procedimientos administrativos correspondientes. El propósito de dichos procedimientos es la contratación, dirección y ejecución de obras y reparaciones urgentes, tales como pavimentación, construcción de cordón cuneta, desagües pluviales y relleno de socavones. Para ello, se confeccionaron y firmaron convenios de financiamiento que instrumentan la operatoria de subsidios destinados al desarrollo de políticas de colaboración con entre la Provincia de Buenos Aires y el municipio, en proyectos de infraestructura de interés comunitario. Estos Convenios celebrados fueron firmados en la última semana de Abril, desde la fecha de la catástrofe hasta la celebración de los convenios, se fueron diseñando los pliegos en conjunto con el Ministerio de Infraestructura y Servicios de la Provincia de Buenos Aires. Las decisiones adoptadas se enmarcan en un Plan de Reconstrucción Integral, elaborado conjuntamente por la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Bahía Blanca. Este plan contempla, entre otras, obras de pavimentación, cordón cuneta, desagües pluviales y relleno de calles. El plan fue diseñado no solo para abordar las problemáticas actuales, sino también para proyectar un futuro con una planificación que resista y adaptada a los nuevos escenarios climáticos. En esta primera etapa, las calles seleccionadas corresponden a situaciones de extrema gravedad y necesidad urgente. Es una responsabilidad indelegable del Estado Municipal adoptar las medidas necesarias para salvaguardar los derechos de la ciudadanía. En este contexto, la contratación directa de las obras constituye una respuesta inmediata, proporcional a la gravedad de la situación y en atención al estado de emergencia en que se encuentra nuestra ciudad (Decreto Municipal 394/2025, Ordenanza Municipal y Decretos Provinciales 316/2025 y 874/2025). El objetivo es proteger los intereses vitales de la población, realizar las contrataciones necesarias e instrumentar, a través de la gestión política, las acciones indispensables para mitigar o resolver las consecuencias del desastre, y comenzar a reparar los daños ocasionados. El estado actual de la infraestructura urbana y la necesidad de soluciones urgentes obligan a activar los mecanismos previstos en el artículo 132, inciso e, y las disposiciones contenidas en los artículos 119, 156, 159 y 232 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. La urgencia de estas obras es innegable: cada día que transcurre sin intervención profundiza el deterioro de las calles y agrava los riesgos para la población, afectando directamente la seguridad, el acceso a servicios esenciales y la integridad de los bienes de los vecinos. A pesar del contexto de emergencia, los tiempos administrativos necesarios para confeccionar los relevamientos técnicos, elaborar los planos y definir las especificaciones de obra demandaron un esfuerzo sostenido y coordinado entre las áreas municipales y el Ministerio de Infraestructura. Este proceso incluyó múltiples visitas a terreno, intercambio de documentación, análisis hidráulicos y estudios de suelo, tareas imprescindibles para garantizar que las soluciones proyectadas sean efectivas, duraderas y acordes a las necesidades reales del territorio.”

A continuación, el Secretario de Obras y Servicios Públicos agrega “(...) al momento de determinar las calles a intervenir, se consideraron distintos factores clave: el estado de la calzada, su transitabilidad, el impacto que dicha condición generaba en la vida cotidiana de los ciudadanos, y la circulación de lineas de colectivos”. Asímismo manifiesta que se seleccionaron las arterias: Paroissien entre Bouchard y Rufino Rojas; Malharro entre Yapeyú y Ramón y Cajal; Ramón y Cajal entre Molina Campos y Rehue; Molina Campos entre Ramón y Cajal y Pasteur; Pasteur entre Cambaceres y Leumann; Intersección de Sivori y Ramón y Cajal; Intersección de Cisneros y Malharro. Se considera que ciertas arterias son atravesadas por la línea de colectivo 513.

Que a fs. 4/5 consta informe del Departamento Vialidad mediante el cual detalla que el estado de las calles a intervenir presenta grandes socavones para prevenir futuras erosiones por lo que se decide la pavimentación en calles: "Paroissien entre Bouchard y Rufino Rojas, “Presenta grandes socavones con descalce del pavimento asfáltico. Para prevenir futuras erosiones se decide su pavimentación. Se considera la previa demolición de la carpeta asfáltica dañada y mejoramiento del suelo del lugar. La obra tambien contempla la demolición de los cordones cunetas y badenes que sufrieron descalce y su respectiva reconstrucción”; Malharro entre Yapeyú y Ramón y Cajal; Ramón y Cajal entre Molina Campos y Rehue; Molina Campos entre Ramón y Cajal y Pasteur, “Presenta grandes socavones con descalce del pavimento asfáltico. Para prevenir futuras erosiones se decide su pavimentación. Se considera la previa demolición de la carpeta asfáltica dañada y mejoramiento del suelo del lugar”, Pasteur entre Cambaceres y Leumann; Intersección de Sivori y Ramón y Cajal; Intersección de Cisneros y Malharro, “Dado que los socavones no son tan grandes y se produjeron sobre los cordones se prevé el arreglo de los mismos y el abovedado de la calle para un futuro mejor escurrimiento”.

Que a fs. 6 obra informe del Subsecretario de Movilidad Urbana y Transporte, Sr. Fabian Literas, sobre el estado actual de diversas calles que forman parte del recorrido habitual de distintas líneas de colectivo y solicitan se arbitren los medios necesarios para reacondicionar a la brevedad los sectores mencionados.

Que el Secretario de Obras y Servicios Públicos a través del Departamento Vialidad, aun realizando una contratación directa y a efectos del cuidado del erario público, el día 22 de abril del corriente, curso invitaciones a distintas empresas proveedoras del rubro para cotizar la obra. De esta forma se garantiza la concurrencia, igualdad, objetividad y eficiencia para poder evaluar la mejor oferta a adjudicar.

Que a fs. 7 el Departamento Vialidad adjunta presupuestos presentados para la ejecución de la obra “RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA ETAPA 2 – SECTOR 3”, con un Presupuesto Oficial de $ 1.163.124.167,59 (PESOS MIL CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL CIENTO SESENTA Y SIETE CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS), sin redeterminación de precios y con un 30% de anticipo financiero. El plazo de la obra se ha previsto en CIENTO CINCUENTA (150) días corridos.

Que la primera propuesta corresponde a la firma CERRA Y MORO S.R.L. que cotiza por un total de $ 1.223.737.084,90.- (PESOS: MIL DOSCIENTOS VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHENTA Y CUATRO CON NOVENTA CENTAVOS.-) , Analizada la propuesta, surge una diferencia aritmética y error en la sumatoria quedando el monto de cotización en $ 1.233.737.084,83 (PESOS: MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS.-) lo que significa un 6,07% en mas con respecto al Presupuesto Oficial. Presenta toda la documentación solicitada. La segunda propuesta corresponde a la firma INGENIERIA Y ARQUITECTURA S.R.L. que cotiza por un total de $ 1.157.036.446,83 (PESOS: MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS.-). lo que significa un 0,52% en menos con respecto al Presupuesto Oficial. Presenta toda la documentación solicitada. La tercera propuesta corresponde a la firma COINCE BAHIA S.A. que cotiza por un total de $ 1.174.851.458,59 (PESOS: MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS.-) lo que significa un 1,01% en mas con respecto al Presupuesto Oficial. Presenta toda la documentación solicitada. La cuarta propuesta corresponde a la firma RIMSOL S.A. que cotiza por un total de $ 1.183.014.897,50 (PESOS: MIL CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES CATORCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS.-). Analizada la propuesta, surge una diferencia aritmética quedando el monto de cotización en $ 1.183.014.853,54 (PESOS: MIL CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES CATORCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS.-). lo que significa un 1,71% en mas con respecto al Presupuesto Oficial. Presenta toda la documentación solicitada. Vistas las cotizaciones y según los antecedente que obran en este Departamento, habiéndose analizado en forma cuantitativa las distintas propuestas y considerando que los precios cotizados son los usuales en plaza para este tipo de trabajo, resultaría la más económica la propuesta presentada por la empresa INGENIERÍA Y ARQUITECTURA S.R.L. por un monto de $ 1.157.036.446,83 (PESOS: MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS.-)

Que a fs. 436 obra observación de la Contaduría General y a fs. 437/438 consta dictamen legal de la Subsecretaria de Legal y Técnica.

A fs. 467 el Departamento Vialidad, informa que el ítem “Relleno de socavones en calles afectadas en la Delegaciones Las Villas y Centro” en el cual expresa: “(...)se informa a continuación las calles que serán intervenidas en la presente obra, sin dejar de poner de resalto que las mismas han sido especialmente seleccionadas por el grado de afectación y la incidencia que su reconstrucción producirá para mejorar y asegurar la transitabilidad y escurrimientos de la ciudad. Días posteriores a la inundación se hicieron recorridos en los diferentes los sectores a intervenir, objeto de esta obra, pudiendo constatarse que numerosas calles presentaban en ese momento socavones que afectaban la transitabilidad de forma segura y hasta en algunos casos comprometían la estabilidad estructural de algunas viviendas. También se pudo verificar que se produjeron descalces de cordones cuneta, badenes y pavimentos existentes, afectación de servicios esenciales (agua, gas, desagües cloacales y pluviales) por rotura de cañerías, haciendo necesario una urgente intervención. Los trabajos sobre todas las calles objeto de la presente obra fueron aprobados para su financiamiento mediante subsidio por parte de la Provincia de Buenos Aires a través del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia, con destino a financiar el proyecto de obra municipal “Reconstrucción de infraestructura en la ciudad de Bahía Blanca”, para lo cual el Sr. Intendente ha suscripto el pertinente Convenio. A criterio de este Departamento técnico se determinaron aquellas arterias que requerían inmediata celeridad para ejecutar los trabajos, las que se detallan a continuación: Paroissien entre Bouchard y Rojas (4 cuadras), Payró entre San Andrés y Jackconville (1 cuadra), Fragata Sarmiento entre Sarratea y Tres Sargentos (6 cuadras), Clegg entre Pasteur y Yapeyú (1 cuadra), Sivori y Ramón y Cajal (bocacalle), Charcas entre Laferrere y Pilmaiquén (1 cuadra), Laferrere entre Charcas y Tres Sargentos (1 cuardra), Charcas entre Argerich y Laferrere (1 cuadra), Yapeyú entre Pilmaiquén y Laferrere (1 cuadra), Malharro y Alsina (bocaccalle), Cisneros y Malharro (bocacaclle), Cisneros y Gambartes (bocacalle), Calquín entre Lauquen y Llau Llau (1 cuadra), 14 de Julio entre Cumeruca y Chequen (2 cuadras), Cumeruca entre Lauquen y Llau Llau (1 cuadra), Cambaceres entre Yapetú y Pasteur (1 cuadra). Sobre estas calles se ejecutarán tareas de relleno y compactación en capas de 20 cm con un material calcáreo cuyo Valor Soporte mínimo a obtener será del 30 % (treinta por ciento). Dicho Valor Soporte se determinará por el método de California, considerándose el promedio de las dos primeras penetraciones para muestra embebida, con una densidad de compactación del 98 % de la óptima del Proctor correspondiente, de acuerdo a la clasificación de materiales HRB y Norma VN-E5-67. En aquellas arterias que se prevean pavimentar, el relleno llegará a nivel de subrasante para luego completar con el paquete estructural de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones, para finalmente concluir con la pavimentación. En los casos que no se proceda a la pavimentación, el relleno llegará a niveles de proyecto para permitir un correcto escurrimiento de las aguas. Cabe aclarar que algunas cuadras tuvieron una intervención en forma parcial para poder paliar la urgencia del caso, resultando las mismas insuficientes, puesto que con las sucesivas lluvias los niveles bajan y en consecuencia, en estos casos lo que se requiere con alta prioridad es terminar los trabajos de relleno hasta los niveles de proyecto tal cual lo descripto anteriormente, para poder garantizar el escurrimiento y transitabilidad segura de la población. Estás tareas, así como la forma de certificar los trabajos por unidad de medida de metros cúbicos a los efectos de su pago, fueron consensuadas con el equipo técnico del Ministerio de Infraestructura y Servicios de la Provincia de Buenos Aires, quien será el único ente que financie la obra.”.

Que a fs. 468 el Secretario de Obras y Servicios Públicos otorga visto bueno al informe del Departamento Vialidad.

Que a fs. 469 el Departamento Vialidad amplía lo informado a fs. 467, poniendo en conocimiento que los trabajos concernientes al ítem 2.2 “Relleno y compactación con suelo seleccionado” se ejecutarán hasta tanto se agoten los metros cúbicos que figuran en el cómputo métrico y presupuesto. Asimismo, deja aclarado que la prioridad en la ejecución de estos trabajos será dada a las calles especificadas en el Pliego de Bases y Condiciones destinadas a ser pavimentadas, y una vez finalizado el relleno de esas arterias, y en la medida en que aún queden metros cúbicos disponibles, se procederá a realizar el relleno en el resto de las calles incluidas en el listado, dando prioridad a aquellas que evidencien condiciones más críticas en términos de transitabilidad, y afectación en el uso por parte de los ciudadanos.-

Que a fs. 470 el Departamento Compras deja aclarado que no formula observaciones, en relación al procedimiento de contrataciones y el Departamento Registro de Licitadores informa que no se formulan observaciones e informa que la empresa INGENIERIA Y ARQUITECTURA S.R.L. cumple de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº1257/2018 artículos 4º y 6º y artículo 3º incisos p1 y p2 de su reglamento.

Que se encuentran extensamente acreditado en las presentes actuaciones que los trabajos requeridos son de extrema urgencia, obedeciendo a circunstancias imprevistas que demandan una inmediata ejecución. Estas condiciones habilitan la contratación directa amparada en lo determinado por el artículo 132° inc. e) de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Que por lo expuesto se insiste en la prosecución del trámite y el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Adjudicar a la empresa INGENIERIA Y ARQUITECTURA S.R.L. la ejecución de la obra: “RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA ETAPA 2 – SECTOR 3", por un monto de PESOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS (1.157.036.446,83), a realizarse mediante el sistema de contratación unidad de medida y precios unitarios, sin redeterminación de precios y con un anticipo financiero del 30%, de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y demás antecedentes obrantes en el expediente 417R-2412-2025.-

ARTICULO 2º: El gasto originado por esta obra deberá imputarse a la Fuente 132, Jurisdicción 111010500, Cat. Prog. 78.75.00, Gasto 4.2.2.0, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3º: Hágase saber a la empresa adjudicataria que, dentro del plazo de cinco (5) días de notificado el presente, deberá concurrir a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a firmar el contrato, afianzando su cumplimiento con la garantía establecida en el Artículo 30° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La no integración dentro del plazo estipulado implicará la pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta. -

ARTÍCULO 4º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía. -

ARTICULO 5º: Cúmplase, publíquese, dése al R.O. Comuníquese a la Empresa interesada; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra y tome nota el Departamento de Registro de Licitadores y Obras por Consorcios y el Departamento Vialidad.-