Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 4163
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 30/12/2024
VISTO las presentes actuaciones, mediante las cuales tramita el contrato de locación entre el Municipio de Bahía Blanca y el Sr. Martin Gabriel Felder, DNI 20.044.909, sobre el inmueble ubicado en las calles Undiano, Brickman, C. Falcón y Villarino, identificado con partida Nº60.221, de la ciudad de Bahía Blanca, el cual ha vencido con fecha 31 de diciembre de 2024; en virtud de ello y
CONSIDERANDO:
Que en dicho inmueble funciona uno de los depósitos de vehículos secuestrados en los operativos que realiza la División de Control y Ordenamiento Urbano.
Que el Subsecretario de Movilidad Urbana y Transporte a fojas 141 del presente expediente, solicita se renueve dicho contrato a partir del 1 de enero al 30 de junio del 2025.
Que en virtud de dicha solicitud, obra en fojas 143 vta. del expediente de referencia la imputación preventiva del gasto en cuestión, efectuada por la Subdirección de Presupuesto y el Departamento Contaduría General.
Por lo expuesto, y contando con el visto bueno del Jefe de Gabinete y Gobierno, a cargo de la Agencia de Seguridad, Emergencia y Respuesta Inmediata; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1°) Registrar el Contrato de Locación celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA y el Sr. Martín Gabriel FELDER, DNI 20.044.909, por el alquiler del inmueble ubicado en las calles Undiano, Brickman, C. Falcón y Villarino de la ciudad de Bahía Blanca, por la cual se acuerda la suma de PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL ($7.780.000.-) MENSUALES desde enero a junio de 2025.
ARTICULO 2°) Proceder a liquidar a través del Departamento Contaduría General y Departamento Tesorería las sumas mensuales correspondientes, tal lo pactado en la cláusula 3º del referido contrato, mediante depósito y/o transferencia bancaria a la cuenta del Banco Galicia, Nº 9029/3, sucursal 82, CBU Nº 0070082520000011902937, cuyo titular es MANUEL PIPKIN S.A., C.U.I.T. 30-52983867-7.
ARTICULO 3°) Proceder a librar, a través del Departamento Contaduría General, órdenes de pago y transferencias bancarias correspondientes a los pagos de servicios de energía eléctrica, gas y agua durante todo el período de la locación y exclusivamente respecto de la partida 60.221, tal lo pactado en la cláusula 4º del referido contrato.
ARTICULO 4°) Dejar constancia que la Subsecretaría de Movilidad Urbana y Transporte será el área responsable del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la Municipalidad.
ARTICULO 5°) El gasto que demande lo dispuesto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente. 110, Jurisdicción. 1110125000, Categoría Programática. 01.01.00, Gasto. 3.2.1.0, de acuerdo con lo detallado precedentemente.
ARTICULO 6°) Cumplir, tomar nota la Subsecretaría de Movilidad Urbana y Transporte, Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Tesorería; publicar, dar al R.O y RESERVAR.