Boletines/General Villegas

Decreto Nº83/25

Decreto Nº 83/25

Publicado en versión extractada

General Villegas, 14/01/2025

VISTO:

La necesidad de asegurar una organización eficiente y la certeza en los datos publicados en la página web oficial https://villegas.gob.ar/, en particular en su pestaña de Transparencia Fiscal; y

CONSIDERANDO:

Que resulta primordial garantizar que la información publicada en dicha plataforma sea actualizada y gestionada con responsabilidad, a fin de cumplir con los principios de transparencia y acceso a la información pública. 

Que la Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas cuenta con las competencias y recursos necesarios para llevar a cabo esta tarea de manera eficiente y eficaz

Que una adecuada gestión y actualización de la pestaña Transparencia Fiscal refuerza la confianza de la ciudadanía en la administración pública y permite un control más electivo de las finanzas municipales.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Dispóngase que la gestión y actualización de la información publicada en la página web oficial https://villegas.gob.ar/, en su pestaña Transparencia Fiscal, estará exclusivamente a cargo de la Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y/o quien esa Secretaría designe.

ARTÍCULO SEGUNDO: Instrúyase a la Secretaria de Presupuesto Hacienda y Finanzas a implementar los procedimientos necesarios para garantizar la calidad, exactitud y periodicidad en la actualización de los datos publicados en la pestaña Transparencia Fiscal.

ARTÍCULO TERCERO: Comuníquese a todas las áreas municipales involucradas a fin de coordinar la provisión de la información necesaria para el cumplimiento del presente decreto.

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería, demás dependencias y delegaciones municipales; cúmplase y archívese; cúmplase y archívese.