Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0396/25
Coronel Pringles, 13/03/2025
Visto
el Expediente Nº 2.528/24, Cuerpo II, iniciado por el Sr. Rossi Oscar, Secretario de Desarrollo; y
Considerando
Que mediante el mismo a fs. 228 solicita la recarga de saldos correspondiente a la Tarjeta Garrafa Municipal- TGM, por un monto de $15.000,00 a un total de 16 beneficiarios; $16.400,00 a un (1) beneficiario; $17.000,00 a 40 beneficiarios, y la suma de $1.000,00 a 39 beneficiarios para el mes de marzo del 2025, según surge del Convenio Marco firmado entre el Municipio y Cabal Cooperativa de Provisión de Servicios LTDA;
Que a fs. 246 la Contaduría Municipal informa que no existe impedimentos en acceder a otorgar los subsidios por intermedio de la TGM, en el marco del Artículo 130º del Reglamento de Contabilidad;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorícese a la Contaduría Municipal a hacer efectivo el pago de PESOS QUINCE MIL ($15.000,00) a un total de 16 beneficiarios; PESOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS ($16.400,00) a un (1) beneficiario; PESOS DIECISIETE MIL ($17.000,00) a 40 beneficiarios, y la suma de PESOS UN MIL ($1.000,00) a 39 beneficiarios correspondiente al mes de marzo del 2025, beneficiarios que se detallan en el Anexo adjunto, correspondiente a la Tarjeta Garrafa Municipal para las personas que concurren requiriendo una colaboración a la Dirección de Acción Social, en virtud de las difíciles problemáticas que atraviesan junto a su grupo familiar, de acuerdo a la documentación que presente el área requirente, en el marco del Artículo 130º del Reglamento de Contabilidad.
ARTICULO 2º: El importe mensual de $15.000,00; $16.400,00; $17.000,00 y la suma de $1.000,00, que percibirá cada beneficiario se acreditará del 01 al 05 de cada mes.
ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 1° se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaria de Desarrollo” - Categoría Programática 21.00.00 “Seguridad Alimentaria y Asistencial” - Partida 5.1.4.0 “Ayuda Sociales a Personas”, Fuente de Financiamiento 110 - “Tesoro Municipal”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0396/25.