Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0358/25

Decreto Nº 0358/25

Coronel Pringles, 05/03/2025

Visto

y

Considerando

los Expedientes Nº 0318; 0320; 0360; 0369; 0399; 0457; 0497; 0524; 0527 y 0573 de año 2025, iniciados por el Secretario de Gobierno y Seguridad, Sr. Jackson Sergio A.; por el Director de Seguridad, Sr. Lanezan Hugo; por la Delegada Municipal, Sra. Plaza Laura B.; por el Director de Gobierno y Estadística, Sr. Wagner Guillermo y por la Directora de Recursos Humanos, Sra. Haderne Claudia, mediante los cuales solicitan designación del personal a su cargo, y pago por extensión extra laboral a distintos agentes por realizar tareas con mayor carga horaria; en uso de las facultades que le son propias;   

                                                             

   EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Desígnese a la agente VELAZQUEZ Daiana Lucrecia, Legajo N° 5727, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 19/02/25 y hasta el 30/04/25, con una carga horaria de 48 horas semanales, de lunes a viernes de 7:00 a 9:00 hs. y de 13:00 a 19:00 hs., para desempeñar tareas de limpieza en oficinas e instalaciones comunes del CIMAC. Expediente N° 0369/25.

ARTICULO 2°: Desígnese al agente SANTANA Pablo Benjamín, Legajo N° 5728, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 01/03/25 hasta el 31/12/25, con una carga horaria de 48 horas semanales (horarios rotativos), como operador del Centro Monitoreo, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Seguridad. El mencionado agente ingresará única y exclusivamente en el Sector de Guardia Urbana y/o Centro de Monitoreo, según el informe realizado a fs. 1 del Expediente N° 0457/25.

ARTICULO 3°: Desígnese al agente DIAZ OTAZÚ Nicolás, Legajo N° 5729, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 01/03/25 y hasta el 31/12/25, con una carga horaria de 48 horas semanales (horarios rotativos), para desempeñarse como agente de guardia urbana, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Seguridad, abonándosele el adicional por conductor de los vehículos del área, consistente en un 6% sobre sus haberes básicos mensuales, en el marco del Decreto Nº 0403/25 - Escala Salarial, más adicional del 10% sobre su sueldo básico y en forma remunerativa, en el marco del Decreto Nº 1.306/22, por cumplir tareas como Supervisor de la Guardia Urbana. El mencionado agente ingresará única y exclusivamente en el Sector de Guardia Urbana y/o Centro de Monitoreo, según el informe realizado a fs. 1 del Expediente N° 0457/25.

ARTICULO 4°: Desígnese al MARDONES Matías Ángel Facundo, Legajo N° 5730, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 06/03/25 y hasta el 31/15/25,  con una carga horaria de 48 horas semanales, (horarios rotativos), para desempeñarse como agente de guardia urbana, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Seguridad, abonándosele el adicional por conductor de los vehículos del área, consistente en un 6% sobre sus haberes básicos mensuales, en el marco del Decreto Nº 0403/25 - Escala Salarial, más adicional del 10% sobre su sueldo básico y en forma remunerativa, en el marco del Decreto Nº 1.306/22, por cumplir tareas como Supervisor de la Guardia Urbana. El mencionado agente ingresará única y exclusivamente en el Sector de Guardia Urbana y/o Centro de Monitoreo, según el informe realizado a fs. 1 del Expediente N° 0457/25.

ARTICULO 5°: Asígnesele al agente BENÍTEZ Matías, Legajo N° 5104, el adicional del 20% como Supervisor del Centro de Monitoreo en el marco del Decreto N° 1.306/25. Expediente N° 0399/25.

ARTICULO 6°: Dese de baja la Categoría Capataz I (1), otorgada mediante Decreto Nº 1.367/24, al agente FIORE Guillermo, Legajo Nº 4304, volviendo a su cargo de base Categoría 3 con régimen horario de 48 horas semanales, y dejando de percibir el adicional del 20% por Supervisor otorgado en el marco del Decreto N° 1.306/22, a partir del 21/02/25, quien a partir de la fecha comenzará a cumplir  sus funciones en la Dirección de Deportes, dependiente de la Secretaría de Desarrollo. Expediente N° 0399/25.

ARTICULO 7°: Abóneseles a los agentes que se detallan, la suma que en cada caso se especifica en concepto de Extensión Extra Laboral por tareas realizadas con mayor carga horaria desde el 15/02/25 y hasta el 15/03/25 en las áreas de Seguridad, Recursos Humanos y Delegación de Indio Rico, conforme lo establecido en el Artículo 74° de la Ley 14.656. Expedientes Nº 0318; 0320; 0360; 0524; 0527 y 0573/25.

Legajo Nº

Apellido y Nombre

Importe

3372

URBAN MAURO

$148.634,15/34HS

4393

DIAZ GUSTAVO

$118.680,90/19.5HS

5682

PEREYRA MAXIMILIANO

$98.994,60/19HS

5594

LUNA ALEXIS

$126.807,48/23.5HS

5631

GONZALEZ NADIA

$240.403,56/56HS

5542

ESMOLI PERLA

$68.686,73/16HS

5642

URIONABARRENECHEA

$217.507,99/48HS

5704

SOSA MARIA

$117.084,68/24HS

5705

DANIELE CECILIA

$95.796,56/24HS

5524

JENSEN ANDREA

$274.746,93/64HS

5140

DUHALDE ANALIA

$34.972,74/8HS

5692

JENSEN JOHANA

$167.643,97/42HS

3643

PAYES CARLOS

$55.000,00

2030

D`AMICO PABLO

$55.000,00

2870

SALDIAS MARTIN

$104.2190,18/158HS

2030

DÀMICO PABLO

$63.763,14/13HS

4222

SUAREZ FERNANDA

$118.803,60/19HS

5071

LARI SEBASTIAN

$160.291,73/29HS

5282

SOLER EZEQUIEL

$329.326,63/58HS

5696

SEGOVIA FERNANDO

$263.440,52/51HS

5656

BARROSO ERIK

$361.898,09/68HS

5695

SILVA LUCAS

$420.440,43/79HS

5721

BALBUENA GABRIEL

$441.728,56/83HS

5643

HADERNE SEBASTIAN

$276.745,61/52HS

5532

MOLINA LUCIANO

$125.925,68/24HS

5557

GONZALEZ MATIAS

$224.662,86/41HS

4189

ROCHA FERNANDA

$116.575,80/20HS

5655

KOPPEL HERNAN

$308.677,79/58HS

5707

BALBUENA LEONEL

$340.609,97/64HS

5448

KESSLER ROBERTO

$530.891,21/101HS

5584

BAILONE NICOLAS

$137.373,47/24HS

5641

SALDIAS GISELLE

$63.864,37/16HS

5654

LANDALUZ MARIANELA

$85.152,50/16HS

5104

BENITEZ MATIAS

$384.700,15/88HS

4170

TRAVERSINI FERNANDO

$189.806,54/32HS

5652

ORELLANO GUSTAVO

$127.728,74/24HS

5709

CLUCHINSKY MATEO

$127.728,74/24HS

5679

MADERO CAMILA

$63.864,37/16HS

3645

CASTILLO NORMA

$251.513,67/41HS

3660

CARABAJAL LILIANA

$127.526,27/24.5HS

3504

ORTELLI MARCELA

$50.530,73/10HS

5707

BALBUENA LEONEL

$416.822,19/67HS

5643

HADERNE SEBASTIAN

$563.187,23/90HS

5655

KOPPEL HERNAN

$556.823,54/89HS

4189

ROCHA FERNANDA

$798.108,13/74HS

5730

MARDONES MATIAS

$145.092,30/29HS

5729

DIAZ OTAZU NICOLAS

$418.413,11/67HS

5532

MOLINA LUCIANO

$277.388,00/41HS

5696

SEGOVIA FERNANDO

$337.275,95/57HS

5282

SOLER EZEQUIEL

$529.025,17/78HS

5071

LARI SEBASTIAN

$425.968,33/63HS

5557

GONZALEZ MATIAS

$365.340,29/54HS

5721

BALBUENA GABRIEL

$400.912,94/64HS

5695

SILVA LUCAS

$424.776,81/67HS

5448

KESSLER ROBERTO

$822.015,66/129HS

5656

BARROSO ERIK

$677.733,79/108HS

5709

CLUCHINSKY MATEO

$101.819,16/16HS

5652

ORELLANO GUSTAVO

$171.819,83/27HS

5584

BAILONE NICOLAS

$54.124,49/8HS

5679

MADERO CAMILA

$57.273,28/12HS

5641

SALDIAS GISELLE

$114.546,56/24HS

4170

TRAVERSINI FERNANDO

$83.677,45/12HS

5698

BUEDO CAROLINA

$152.728,74/32HS

5728

SANTANA BENJAMIN

$101.819,16/16HS

5720

VENTIMIGLIA ISABELLA

$114.546,56/24HS

5104

BENITEZ MATIAS

$499.825,75/81HS

5642

URIONABARRENECHEA

$432.955,91/72HS

5524

JENSEN ANDREA

$324.746,94/56HS

5140

DUHALDE ANALIA

$54.963,66/8HS

5542

ESMOLI PERLA

$446.527,03/80HS

5704

SOSA MARIA

$89.091,77/16HS

5692

JENSEN JOHANA

$120.114,79/22.5HS

3938

ADALA ALEJANDRA

$329.781,93/48HS

2870

SALDIAS MARTIN

$85.786,25/9.5HS

5350

BAIZ MAXIMILIANO

$129.349,83/15HS

4393

DIAZ GUSTAVO

$180.695,42/22.5HS

3643

PAYES CARLOS

$55.000,00

2030

D´AMICO PABLO

$55.000,00

2030

D´AMICO PABLO

$163.868,35/27HS

3867

D´AMICO SOFIA

$110.000,00

4512

URBAN JUAN CRUZ

$300.000,00

5682

PEREYRA MAXIMILIANO

$112.023,14/14.5HS

4222

SUAREZ FERNANDA

$214.119,27/24.5HS

3372

URBAN MAURO

$208.690,13/39HS

5594

LUNA AÑEXIS

$35.571,20/5.5HS

3373

JENSEN ADRIAN

$148.572,55/17HS

3512

 LUNA DIEGO

$53.119,97/6HS

3973

NOYA MARCOS

$52.437,37/6HS

4481

DIAZ SOFIA

$143.786,57/19HS

3867

D´AMICO SOFIA

$145.770,61/19HS

3645

CASTILLO NORMA

$407.253,14/56HS

ARTICULO 8º: Cúmplase, Comuníquese, y publíquese dése al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 0358/25.