Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0279/24
Coronel Pringles, 13/02/2025
Visto
el Expediente N° 0253/25, iniciado por el Sr. Corvalan Claudio Alcides; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita se le reintegre la suma de $23.000,00 que abono demás por un error involuntario, debía abonar la suma de $17.000,00 y no la suma de $40.000,00 por la renovación de su licencia de conducir, tal como surge a fs. 2 y 3, dicho importe corresponde la renovación por el término de cinco (5) años y según lo informado a fs. 01 el Sr. Corvalan debía abonar por el término de un (1) año ya que se encuentra tramitando Licencia Profesional;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 49 de la Ordenanza Fiscal vigente, “Cualquier contribuyente podrá pedir el reintegro de pagos efectuados por error de hecho o de cálculo, ya sea que el error provenga de la dependencia Municipal interviniente o del propio contribuyente y que no cuestione resoluciones o normas impositivas que apliquen gravámenes. Para que el reintegro sea procedente, el error deberá surgir en forma clara y manifiesta de las actuaciones administrativas o de la documentación respectiva. A tal fin el Contribuyente deberá iniciar un expediente especial en el cual deberá acompañar o señalar la documentación acreditante…”;
Que la Oficina de Recaudación informa que el solicitante no posee tasas a su nombre;
Que el reintegro por el importe de $23.0 00,00, se realizará por medio de una Orden de Devolución de Recursos en 12.2.12.00 “Derechos de Oficina”;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°: Reintégrese la suma de PESOS VEINTITRÉS MIL ($23.000,00) al Sr. CORVALAN CLAUDIO ALCIDES, D.N.I. N° 20.522.884, debido a que por un error involuntario el mismo abono la suma de $40.000,00 por la renovación de la licencia de conducir por el termino de cinco (5) años, le correspondía a abonar la por el término de un (1) años, ($17.000,00), de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente.
ARTICULO 2°: Que el reintegro por el importe de PESOS VEINTITRÉS MIL ($23.000,00) se realizará por medio de una Orden de Devolución de Recursos en 12.2.12.00 “Derechos de Oficina”.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO N° 0279/25.