Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0241/25

Decreto Nº 0241/25

Coronel Pringles, 06/02/2025

Visto

el Expediente 0236/25, Letra “G”, caratulado “GONZALEZ ESTEVARENA LUIS, AYUDA “FONDO DE SALUD SOLIDARIO”, y

Considerando

Que mediante el mismo la Srita. Rocio D´alessandro, D.N.I. Nº 42.688.141 solicita se evalúe la posibilidad de proceder al otorgamiento del Fondo Solidario de Salud para su madre Zabala Claudia, D.N.I. Nº 21.922.850, quien  presenta Epilepsia provocándole reiteradas convulsiones, se encuentra medicada en forma permanente y realiza controles con el Servicio de Neurología y Salud Mental;

Que la Sra. Zabala el día 31/01/25 en su domicilio sufrió una caída de su propia altura provocándole fractura de Peroné, el motivo de la caída habría sido por una descompensación por lo que de forma urgente es llevada a la guardia del Hospital Municipal, indicándole reposo absoluto;   

Que el Dr. Arias Mahiques solicita Placa 1/3, Tornillo transidesmal, la cual se solicitó presupuesto a Ortopedia SIS de Bahía Blanca, la cual tiene un costo de $1.131,000,00, ya que su grupo familiar no cuenta con el dinero para afrontar la suma mencionada;

Que el Fondo de Salud Solidario creado por Ordenanza 4.477/18 y modificada mediante Ordenanza Nº 5.026/24 es el instrumento idóneo para suplir la carencia;

Que por todo lo expuesto es necesario solventar la urgencia médica que sufre la Sra. Zabala, abonando la suma de $1.131.000,00 a Ortopedia SIS de Bahía Blanca, CUIT/CUIL 30-70861811-6;  

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorízase a la Contaduría Municipal a efectivizar el  pago de PESOS UN MILLON CIENTO TREINTA Y UN MIL ($1.131.000,00) a ORTOPEDIA SIS DE BAHÍA BLANCA, CUIT/CUIL 30-70861811-6, por la adquisición de una Placa 1/3, Tornillo transidesmal, para ser utilizada por la paciente ZABALA CLAUDIA FABIANA, D.N.I. Nº 21.922.850, en el marco del “Fondo de Salud Solidaria”, creado por Ordenanza 4.477/18 y modificada  mediante Ordenanza 5.026/24, de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente.

ARTICULO 2°: Autorízase a la Contaduría Municipal a atender el monto indicado    en el artículo 1° por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 22.00.00 “Fondo de Salud Solidario”, Partida 5.1.4.0. “Ayuda Sociales a Personas”, Fuente de Financiamiento 131 “De Origen Municipal”. Recurso 12.9.18.00 “Fondo de Salud Solidaria”.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, Publíquese, dése al R.O. y archívese.

         

         REGISTRADO BAJO EL N° 0241/25.