Boletines/Lobería
Decreto Nº 912-25
Lobería, 22/05/2025
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 048/25; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Alí, ubicada en calle Scalabrini Ortiz Nº 1.270 de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Dirección de Vivienda, quien tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, el titular de esa dependencia Sr. HÉCTOR FABIAN PALMIERI, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 048/25, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 10 de mayo de 2025;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 048/25, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Alí, ubicada en calle Scalabrini Ortiz Nº 1.270 de esta ciudad, a partir del 10 de mayo de 2025:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
OMAR, SERGIO 16.337.157
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Desmonte parcial de techo $ 110.288,94
Armado de techo nuevo $ 664.943,69
Demolición de revoque existente $ 283.429,74
Revoque interior fratasado $ 416.223,10
Demolición de mampostería $ 29.067,96
Realizar cargas de techo revocadas $ 342.213,91
Sacar aberturas $ 15.579,06
Colocar aberturas $ 69.946,52
Realizar carpeta bajo piso $ 141.137,19
Mampostería del 0,15 (ladrillo común) $ 151.662,80
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON NOVENTA CENTAVOS ($ 2.224.492,90.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS UN MILLóN NOVECIENTOS TRECE MIL SESENTA Y TRES CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.913.063,89.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 266.939,15. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Dirección de Vivienda, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.