Boletines/Lobería
Decreto Nº 902-25
Lobería, 21/05/2025
REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.959/24, el Decreto Nº 048/25; y
Considerando
QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ING. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 048/25, que realizará trabajos de electricidad en la Dirección de Desarrollo Local de esta ciudad, a partir del 15 de mayo de 2025;
QUE, atento a no presentar dicho requerimiento en tiempo y forma corresponde registrar las tareas realizadas;
POR ELLO, INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista Sr. DANIEL EMILIANO MÉNDEZ, D.N.I. N° 27.320.899, designado mediante Decreto Nº 048/25, que realizó trabajos de electricidad en la Dirección de Desarrollo Local de esta ciudad, a partir del 15 de mayo de 2025.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas realizadas se detallan a continuación:
• Sacar y colocar 3 lámparas nuevas (2 en exterior y 1 en interior).
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CUARENTA MIL SETECIENTOS CINCO ($ 40.705.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS TREINTA Y CINCO MIL SEIS CON TREINTA CENTAVOS ($ 35.006,30.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S.
$ 4.884,60. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110101000 Unidad Intendente – 16 Dirección de Desarrollo Local – 01 Oficina de Producción – 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo”, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.