Boletines/Zárate

Decreto Nº241/25

Decreto Nº 241/25

Zárate, 20/05/2025

Visto

La Ordenanza Nº 5259, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, en fecha 08/05/2025; y

Considerando

Que, mediante la Ordenanza Nº 5259, citada en el Visto, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate ratifica el Contrato de Comodato celebrado entre el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Zárate y el Ente Municipal de Desarrollo de Zárate (ENDEZA), por el cual se le otorga al último citado el uso en comodato de la Planta Alta del edificio municipal ubicado en Apolo XI Nº 847 de esta ciudad;

Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108º-Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769, corresponde al Departamento Ejecutivo su promulgación;

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza Nº 5259.-

 

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dn. IGNACIO JERÓNIMO SUAREZ OGALLAR.-

 

ARTICULO 3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y archívese.-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 – H.C.D. 094/25.-

VISTO:

El contrato de comodato celebrado entre el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Zárate y el Ente Municipal de Desarrollo de Zárate (ENDEZA); y,

CONSIDERANDO:

Que, el Departamento Ejecutivo Municipal ha celebrado contrato de co-modato con el Ente Municipal de Desarrollo de Zárate (ENDEZA), por el cual se le confiere a ésta última el uso gratuito una parte del inmueble municipal designado catastralmente como Circunscripción: I, Sección: G, Manzana: 392, Parcela: 2, ubicado en la calle Apolo XI N° 847 de la ciudad de Zárate.-

Que, se le ha conferido el uso gratuito de la planta alta de dicho bien inmueble, por un plazo de Diez (10) años.-

Que, si bien el Ente Municipal de Desarrollo de Zárate es un ente des-centralizado de la propia Municipalidad, se trata de un organismo en los términos del artículo 56 del Decreto Ley 6769/58, texto según la reforma del Decreto Ley 8613/76, que establece que “Para las transferencias a título gratuito, o permutas de bienes de la Municipalidad, se necesitará el voto de los dos tercios del total de los miembros del Concejo. En estas mismas condiciones se podrá conferir de-recho de uso y ocupación gratuita de bienes municipales a entidades de bien público con personería jurídica y a órganos del Estado Nacional, Provincial o Municipal”.-

Que, es que conforme dicha norma antes transcripta, aún tratándose de un préstamo de uso inmobiliario a favor de un organismo descentralizado del propio Municipio, se está ante un órgano del Estado municipal que recibe subsunción en el segundo párrafo del citado artículo 56, con lo cual corresponde a este Honorable Concejo aprobar o ratificar el contrato de comodato más arriba referido.-

Que, en virtud de lo dispuesto por el artículo 56, párrafo Segundo del Decreto Ley 6769/58, y Cláusula Novena de cada contrato, corresponde al Honorable Concejo Delibe-rante aceptar o rechazar las donaciones ofrecidas a la Municipalidad.

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº5259.-

 

 

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Contrato de Comodato celebrado entre el DEPARTAMENTO EJECUTIVO de la MUNICIPALIDAD DE ZÁRATE, representada por su Intendente Municipal, Dr. MARCELO MATZKIN, y el ENTE MUNICIPAL DE DESARROLLO DE ZÁRATE (ENDEZA), representado por su Presidente ALEJANDRO SEMMARTIN, por el cual se le otorga al último citado el uso en comodato de la Planta Alta del edificio municipal ubicado en la calle Apolo XI N° 847 de la ciudad de Zárate, desig-nado catastralmente como Circunscripción: I, Sección: G, Manzana: 392, Parcela: 2, ubicado en la calle Apolo XI N° 847 de la ciudad de Zárate. 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los ocho días del mes de Mayo de dos mil veinticinco.