Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 446/2025
Trenque Lauquen, 20/02/2025
446/2025 Demarcacion Estacionamiento ABALO, MARÍA SUSANA,
Visto
La nota presentada por la Sra. ABALO, MARÍA SUSANA, D.N.I. Nº 25.335.030; quien solicita que se establezca un sector reservado en la vía pública frente al domicilio de sus padres para estacionamiento (Expediente Nº 298/2025); y,
Considerando
Que la Ordenanza 4.042/13 establece las pautas para disponer a nivel local, el uso del espacio público destinado al estacionamiento de automotores;
Que habiéndose acreditado el fundamento de la solicitud, corresponde encuadrar la misma en las previsiones del artículo 7º de la Ordenanza
referida;
Que conforme surge de la nota presentada, la petición está orientada a facilitar el ascenso y descenso de la Sra. Milanese, Susana Magdalena, D.N.I. Nº 5.113.364 y del Sr. Abalo, Hector Pascual, D.N.I. Nº 4.606.498, madre y padre de la requirente; por ello debe ser resuelta favorablemente, si bien de modo excepcional, asumiendo el compromiso de eliminar dicha demarcación cuando la misma pierda su fundamento;
Que sentado ello, teniendo en cuenta el creciente parque automotor de nuestra ciudad, debe compatibilizarse la necesidad particular con el interés general, por lo que el lugar concedido debe ser el mínimo necesario; siendo apropiado que coincida con la entrada del inmueble sito en calle Quintana Nº 566/570 de Trenque Lauquen
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1º: Concédase a la Sra. ABALO, MARIA SUSANA, D.N.I. Nº 25.335.030; un espacio reservado para el estacionamiento exclusivo en calle Quintana Nº 566/570 de Trenque Lauquen; por las razones expuestas en los Considerandos precedentes.-
ARTICULO 2º: Infórmase que el pedido concedido caducará automáticamente si cesara la situación que justifica la concesión. El permiso tendrá un vencimiento de cinco años desde concedido el mismo, salvo pedido de renovación por igual plazo por parte del
interesado.-
ARTICULO 3º: Dicho espacio tendrá una extensión lineal de hasta seis metros (6 m) contados sobre el frente del inmueble, pudiendo excederlo hasta totalizar dicha medida. El mismo deberá ser delimitado con la línea amarilla y señalizado con cartelería que indique “Prohibido Estacionar. Decreto Nº 446/25” en letras negras, debiendo contener asimismo el símbolo internacional consistente en la letra “E” en color negro cruzada con una línea roja, todo ello sobre fondo blanco.-
ARTICULO 4º: Exímase del pago del tributo, conforme Art. 1º Inc. i de la Ordenanza Municipal 5145/21.-
ARTICULO 5º: Déjese constancia del espacio concedido, incorporando el presente al Registro Municipal de espacios reservados concedidos con fines de estacionamiento.-
ARTICULO 6º: Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.-
Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de Trenque Lauquen
Francisco Recoulat
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen