Boletines/Campana
Decreto Nº 167/25
Campana, 21/02/2025
Expediente Municipal N° 4016-25837-2022 Alcance 2 "Instalación Aire Acondicionado - Ampliación BMC".
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017; la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N° 0007BIS/2024; y el Expediente Municipal N° 4016-25837-2022 Alcance 2; y
Considerando
Que, conforme Expediente Municipal N° 4016-25837-2022, se adjudicó mediante licitación, la contratación de la obra “Instalación Aire Acondicionado - Ampliación BMC” a la empresa LBT S.A. Prestaciones Industriales.
Que se glosa Nota de la empresa mediante la cual solicita readecuar la ecuación económico-financiera por motivos de variación de los costos, de mano de obra, y de los insumos necesarios, aduciendo un desequilibrio contractual tal que tornaría inviable la prosecución de los trabajos, acompañando la variación de componentes de costos y adjuntando las redeterminaciones N° 2 y Nº 3.
Que la Dirección General de Obras y Arquitectura interviene manifestando que analizada la variación de los componentes de costos aportados por la empresa, corresponde la determinación toda vez que se ve afectada la ecuación económica financiera en virtud de la realidad económica actual.
Que la Subsecretaría de Planeamiento y Obras interviene.
Que la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana, toma conocimiento manifestando que en virtud de las variaciones de precios se ha producido un desequilibro contractual.
Que la Contaduría Municipal informa que, siendo correcto el cálculo de factor de redeterminación, habiendo verificado la curva de inversión, y en base a lo establecido precedentemente, considera pertinente proceder al pago de las sumas en cuestión, siendo necesaria la suscripción del correspondiente acto administrativo.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal informa la estructura programática a la cual debería afectarse la erogación en cuestión. Asimismo, informa que las erogaciones no han sido presupuestadas por lo cual se deberá confeccionar un formulario de Solicitud de Modificaciones Presupuestarias.
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez realizada las modificaciones presupuestarias.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento manifestando no poseer objeciones económicas y/ o financieras que formular al respecto, una vez realizada las modificaciones presupuestarias.
Que obra la Solicitud de Pedido N° 3-5324-14 emitida por la suma total de Pesos Ciento Treinta y Seis Millones Quinientos Dieciocho Mil Novecientos Veintiséis con 86/100 Centavos ($ 136.518.926,86.-).
Que obra Formulario de Modificaciones Presupuestarias.
Que interviene la Dirección Compras.
Que obra Solicitud de Gasto N° 0-458 emitida por la suma total de Pesos Ciento Treinta y Seis Millones Quinientos Dieciocho Mil Novecientos Veintiséis con 86/100 Centavos ($ 136.518.926,86.-).
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el Artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 0007BIS/24.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la readecuación de los Certificados N° 2 y Nº 3, para la obra “Instalación Aire Acondicionado – Ampliación BMC” a la empresa LBT S.A. Prestaciones Industriales, correspondiente a la suma de Pesos Ciento Treinta y Seis Millones Quinientos Dieciocho Mil Novecientos Veintiséis con 86/100 Centavos ($ 136.518.926,86.-), conforme el Pliego de Bases y Condiciones; y, lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-25837-2022 Alcance 2.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Nº 1 se tomarán de la Jurisdicción 1110106000 “Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas”, Categoría Programática 20.55 “Ampliación Edificio Biblioteca-Etapa I”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 4.2.1 “Construcción de Bienes de Dominio Privado”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2025.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal; la Secretaría de Economía y Hacienda; el Señor Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana; y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese y archívese.-